Un jurado popular juzgará al acusado de matar a un joven guipuzcoano a la salida de una discoteca

La titular del Juzgado de Instrucción número 1 de Pamplona ha decretado la apertura del juicio con jurado contra S.F.R.S., acusado de matar en enero de 2010 al joven guipuzcoano Asier Lavandera de La Granja, de 21 años, en la salida de una discoteca de Lekunberri (Navarra).

La titular del Juzgado de Instrucción número 1 de Pamplona ha decretado la apertura del juicio con jurado contra S.F.R.S., acusado de matar en enero de 2010 al joven guipuzcoano Asier Lavandera de La Granja, de 21 años, en la salida de una discoteca de Lekunberri (Navarra).

En la misma resolución, la magistrada ha dictado el archivo provisional de la causa respecto de otro imputado, D.V., como supuesto coautor o encubridor del crimen. La decisión de abrir el juicio no es recurrible, mientras que sí es susceptible de ser apelado el archivo acordado.

En la resolución, la jueza sostiene que ha quedado acreditado que el acusado, junto a otros tres jóvenes que en un principio fueron detenidos por los hechos, acudió a la discoteca navarra el pasado 16 de enero hacia las 4 de la madrugada.

Más tarde, hacia las 6 horas, recoge el auto, se produjo una discusión de "escasa entidad" entre este grupo de jóvenes y los amigos del fallecido, en la que Asier Lavandera "terminó propinando un puñetazo a uno de los jóvenes y el acusado sacó una navaja y le asestó tres puñaladas".

Según la magistrada, el fallecido salió corriendo pero debido a la "gran hemorragia interna" que le causaron las lesiones cayó al suelo, momento en el que el detenido "le asestó otras dos puñaladas más por la espalda", antes de huir del lugar.

Todas estas lesiones, precisa la resolución, ocasionaron la muerte de Asier Lavandera, que falleció hacia las 8.50 horas de ese mismo día. Según la jueza, estos hechos pueden ser constitutivos de un delito de asesinato, al entender que en la conducta del acusado "podría apreciarse un ánimo alevoso o de ensañamiento", según la acusación particular.

En cuanto al otro imputado, D.V., la magistrada ha dictado el archivo provisional de su causa, al considerar que no se le puede imputar un delito de homicidio o de asesinato como coautor, ya que, "no realizó ningún acto de los que integran el núcleo del tipo penal del homicidio, pero tampoco elementos periféricos".

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