El Justicia pide cumplir la sentencia que declara injustificada la reducción de jornada de una profesora de Religión

El Justicia de Aragón, Fernando García Vicente, ha recomendado al Departamento de Educación del Gobierno aragonés que cumpla, a la mayor brevedad y "en sus propios términos" la sentencia que declara injustificada la reducción de jornada laboral de una profesora de Religión.
Fernando García Vicente
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EUROPA PRESS
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El Justicia de Aragón, Fernando García Vicente, ha recomendado al Departamento de Educación del Gobierno aragonés que cumpla, a la mayor brevedad y "en sus propios términos" la sentencia que declara injustificada la reducción de jornada laboral de una profesora de Religión.

Asimismo, le pide que si debe modificar de forma sustancial las condiciones laborales de esta trabajadora, lo haga de manera justificada "respetando el procedimiento legal y reglamentariamente establecido".

El Justicia se ha pronunciado así después de recibir el pasado 10 de diciembre una queja que ponía de manifiesto que una profesora de Religión de un centro educativo público tenía problemas para que el Departamento de Educación ejecutara una sentencia judicial a su favor.

Esta profesora vio reducida su jornada laboral en el curso 2008-2009 de 14 a 12 horas lectivas semanales de forma "inopinada", modificación que recurrió y ante la que obtuvo una sentencia favorable del Juzgado de lo Social número 4 de Zaragoza y su ratificación por Tribunal Superior de Justicia de Aragón, que desestimó el recurso de suplicación interpuesto por la Administración autonómica, en junio de 2009.

Las resoluciones judiciales declararon como injustificada la reducción de jornada laboral, condenando al reintegro de la jornada anterior al 1 de septiembre de 2008, así como al abono de la suma de las diferencias salariales dejadas de percibir.

No obstante, en octubre de 2010 la profesora recibió una nueva notificación de reducción de carga docente y la comunicación telefónica de que le iban a ser deducidas las cantidades cobradas en exceso, "extremo que habría quedado confirmado por el total impago de la nómina del mes de noviembre de 2010", si bien más tarde percibió las cantidades adeudadas por la Administración educativa.

Sin justificación

El Justicia ha precisado en las consideraciones jurídicas de este expediente que el Departamento de Educación no ha manifestado la existencia de circunstancia alguna que justifique el retraso en la ejecución de la sentencia y tampoco ha referido motivos por los que pudiera proceder a una nueva modificación sustancial de las condiciones de trabajo manifestada en una reducción de jornada, ni haber tramitado procedimiento alguno susceptible de culminar en la citada modificación sustancial.

Así, "si nos atenemos al relato contenido en la queja, que no ha sido negado por el Departamento competente, no sólo se estaría retrasando la ejecución de la sentencia, sino además se podrían haber vuelto a realizar los mismos actos, y en los mismos términos, que motivaron el primer proceso judicial y la consiguiente estimación de la demanda".

Al respecto, el Justicia ha recordado que según la Constitución española es obligado cumplir las sentencias y resoluciones firmes de los jueces y tribunales y prestar la colaboración requerida por éstos en el curso del proceso y en la ejecución de lo resuelto y por tanto la Administración tiene la obligación de cumplir en sus propios términos la sentencia del Juzgado de lo Social, confirmada por el Tribunal Superior de Justicia de Aragón (TSJA).

Además, ha apuntado que, según la Sentencia de la Sala de lo Social del TSJA, la modificación sustancial de las condiciones de trabajo de esta profesora se realizó "sin justificar la necesidad de tal medida y sin respetar el plazo y comunicación impuestas" en la normativa.

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