El Síndic insta a Bienestar Social a agilizar la resolución de las solicitudes de Renta Garantizada de Ciudadanía

El Síndic de Greuges de la Comunitat Valenciana ha instado a la Conselleria de Bienestar Social a que resuelva en los plazos legalmente establecidos las solicitudes de Renta Garantizada de Ciudadanía con los medios necesarios "tanto de personal como presupuestarios" para asegurarse que esta ayuda se tramite en un máximo de tres meses, tal y como marca la legislación.

El Síndic de Greuges de la Comunitat Valenciana ha instado a la Conselleria de Bienestar Social a que resuelva en los plazos legalmente establecidos las solicitudes de Renta Garantizada de Ciudadanía con los medios necesarios "tanto de personal como presupuestarios" para asegurarse que esta ayuda se tramite en un máximo de tres meses, tal y como marca la legislación.

Así lo ha manifestado el defensor del pueblo valenciano, José Cholbi, tras la queja presentada por un particular en la que denunciaba que pese a tener reconocida y aprobada su solicitud de Renta Garantizada de Ciudadanía por un periodo de 12 meses desde el 1 de junio de 2010, en mayo de 2011 no había comenzado a percibir las ayudas. Según Bienestar Social, en ese momento la prestación se encontraba en fase de pago, pero todavía no se había hecho efectiva.

Ante esta situación, el Síndic recuerda que la Renta Garantizada tiene como finalidad "atender a personas o colectivos con grandes dificultades económicas y con frecuencia en situación de exclusión social" y que, por tanto, los plazos para resolver este tipo de ayuda "deben ser lo más cortos posibles, porque en otro caso la Ley perdería sentido para el que fue creada, que es paliar la situación de necesidad extrema que padecen los ciudadanos".

En este sentido, ha detallado que el artículo 25 de la citada ley 9/2007, de 12 de marzo, establece como plazo máximo para resolver y notificar la resolución tres meses desde la presentación de la solicitud.

Para el Síndic, el retraso concreto objeto de queja "ha superado con creces no sólo los plazos legales, sino también cualquier plazo razonable ante una prestación económica que tiene su finalidad en paliar los casos más extremos de desatención económica".

Por ello, recomienda al departamento dirigido por Jorge Cabré que proceda en los plazos legalmente establecidos a la hora de resolver estos expedientes y que revise los procedimientos establecidos para ello, consignando los medios personales y presupuestarios necesarios.

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