Comisión de Garantías del PA declara nulo el nombramiento del diputado provincial "al vulnerar los estatutos"

La Comisión de Garantías del Partido Andalucista, órgano encargado de velar por el cumplimiento de las normas del partido, ha admitido el recurso de amparo presentado por el secretario provincial del PA en Sevilla, José Antonio Sánchez Rodríguez, y ha declarado nulo el nombramiento de Alberto Mercado como diputado provincial del PA por la provincia sevillana, al "vulnerar los estatutos".

La Comisión de Garantías del Partido Andalucista, órgano encargado de velar por el cumplimiento de las normas del partido, ha admitido el recurso de amparo presentado por el secretario provincial del PA en Sevilla, José Antonio Sánchez Rodríguez, y ha declarado nulo el nombramiento de Alberto Mercado como diputado provincial del PA por la provincia sevillana, al "vulnerar los estatutos".

Según indica el PA provincial en una nota, en su resolución, que es de obligado cumplimiento para todos los militantes y para la Ejecutiva Nacional, se dice que "la base estatutaria en la que el recurrente apoya su recurso de amparo, Artículo 34, apartado 9 de los estatutos, determina el derecho del Comité Provincial a realizar la propuesta de nombramiento del diputado provincial y el de la Comisión Ejecutiva Nacional de confirmar dicha propuesta".

Además de ratificar toda la tesis defendida por el comité provincial, que demuestra que Pilar González "ha incumplido los estatutos de su partido, motivo por el que se produjo una gran crisis en el PA de la provincia, con la baja de concejales y alcaldes, así como la dimisión en bloque del máximo órgano provincial", a juicio del PA provincial, esta resolución "deja claro que el resultado válido es la votación en la que Sánchez obtuvo 11 votos y Mercado sólo uno, así como que la persona propuesta fue el secretario provincial".

Sobre la posibilidad de que una mayoría de concejales apoyaran a uno u otro candidato, la Comisión de Garantías deja claro que "lo que valen son los estatutos del partido, porque el trámite de los concejales se está refiriendo a un momento posterior, aquí se está tratando de los trámites previos estatutarios internos para la propuesta a la Ejecutiva Nacional de la designación del diputado por el Comité Provincial de Sevilla".

El órgano juzgador del PA también deja claro que la votación realizada por Pilar González y su equipo "no está estatutariamente establecida, ya que el procedimiento que debe seguirse es el indicado en el artículo 34.9 de nuestros estatutos".

La Comisión de Garantías por todo ello, declara nulo el acuerdo de designación de Alberto Mercado como diputado provincial tomado por la Comisión Ejecutiva Nacional en su reunión de fecha 13 de junio de 2011, en detrimento de la propuesta del Comité Provincial de Sevilla.

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