Sanidad pondrá en marcha un protocolo de actuación sobre el uso de desfibriladores que enviará a diputaciones y FRMP

La Consejería de Sanidad ha confirmado al Procurador del Común la puesta en marcha de un protocolo de actuación para el cumplimiento de las normas reguladoras para el uso de desfibriladores externos, después de que la Procuraduría elevara, de oficio, una resolución ante la ausencia de una normativa común de actuación para su uso fuera del ámbito sanitario, que diera cobertura a situaciones de emergencia que requieran una resucitación cardiopulmonar para aquellas personas que sufran una parada cardiaca.

La Consejería de Sanidad ha confirmado al Procurador del Común la puesta en marcha de un protocolo de actuación para el cumplimiento de las normas reguladoras para el uso de desfibriladores externos, después de que la Procuraduría elevara, de oficio, una resolución ante la ausencia de una normativa común de actuación para su uso fuera del ámbito sanitario, que diera cobertura a situaciones de emergencia que requieran una resucitación cardiopulmonar para aquellas personas que sufran una parada cardiaca.

La propia Administración sanitaria trasladó al Procurador del Común que este protocolo será remitido a las diputaciones provinciales de Castilla y León y a la Federación Regional de Municipios y Provincias (FRMP) para que den traslado a los ayuntamientos, de los que depende un importante número de instalaciones deportivas, de ocio y tiempo libre, en las que se produce una importante afluencia y tránsito de personas, además de a las confederaciones de empresarios de la Comunidad y al Consejo de las Cámaras Oficiales de Comercio e Industria.

Entre los requisitos que incluye la norma en Castilla y León se encuentra el de no autorizar la instalación de un desfibrilador externo semiautomático (DESA) si la entidad que lo solicita no dispone de personas formadas y autorizadas para su uso, según informó el Procurador del Común en una nota recogida por Europa Press.

Por este motivo, se establece una serie de recomendaciones a las entidades u organismos que instalen un equipo DESA, para su uso por personal no sanitario, como el de estar ubicados en espacio visible y señalizado; tener identificados la marca, modelo y número de serie; disponer de personal autorizado y presentar la declaración responsable de instalación.

Igualmente, se contempla un procedimiento para que las entidades o empresas interesadas puedan impartir formación para la utilización de desfibriladores, de acuerdo a unos requisitos mínimos que establece la propia Consejería de Sanidad.

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