La CNC abre expediente sancionador en el sector del transporte de contenedores por carretera en el Puerto

La Dirección de Investigación de la Comisión Nacional de la Competencia (CNC) ha incoado un expediente sancionador por posibles conductas anticompetitivas llevadas a cabo en el sector del transporte terrestre de contenedores por carretera con origen o destino en el Puerto de Valencia, consistentes "en la fijación de precios y de condiciones comerciales o de servicio, en el reparto de mercado así como en la limitación o el control de la producción", según ha informado esta entidad en un comunicado.
Puerto De Valencia
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EUROPA PRESS/PUERTOS DEL ESTADO
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La Dirección de Investigación de la Comisión Nacional de la Competencia (CNC) ha incoado un expediente sancionador por posibles conductas anticompetitivas llevadas a cabo en el sector del transporte terrestre de contenedores por carretera con origen o destino en el Puerto de Valencia, consistentes "en la fijación de precios y de condiciones comerciales o de servicio, en el reparto de mercado así como en la limitación o el control de la producción", según ha informado esta entidad en un comunicado.

El expediente sancionador se ha incoado contra la Asociación de Empresas de Logística y Transporte de Contenedores; la Asociación de Empresas, Autónomos, Cooperativas y Cooperativistas del Transporte de Mercancías por Contenedor de los Puertos de la Comunidad Valenciana; la Autoridad Portuaria de Valencia (APV); la Asociación Naviera Valenciana; la Asociación de Transitarios, Expedidores Internacionales y Asimilados OLT; la Asociación de Transportistas de Contenedores Valencianos y la Conselleria de Infraestructuras y Transporte "por posibles prácticas restrictivas de la competencia".

El expediente tiene su origen en la remisión por parte del Servicio de Defensa de la Competencia de la Comunitat Valenciana, en virtud de lo previsto en la Ley 1/2002 de Coordinación del Estado y de las Comunidades Autónomas en materia de Defensa de la Competencia, de un documento suscrito en mayo de 2010 por diversas asociaciones que operan en el Puerto de Valencia y por la APV, en el que se establecen "pautas y criterios a los que podrían remitirse los operadores en la contratación de los servicios de transporte".

Asimismo, la Dirección de Investigación ha tenido conocimiento de la elaboración y firma, en febrero de 2011, por parte de diversas asociaciones que operan en el Puerto, la APV y la Conselleria de Infraestructuras "de un documento relativo a la aplicación de la cláusula de revisión del precio del transporte en función del precio del gasóleo".

La Dirección de Investigación de la CNC inició, de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 49.2 de la de la Ley 15/2007 de Defensa de la Competencia (LDC), una información reservada con el fin "de determinar, con carácter preliminar, la concurrencia de circunstancias que justificasen, en su caso, la incoación de expediente sancionador".

En el marco de esta información reservada se inspeccionaron el 23 de marzo de 2011 las sedes de diversas asociaciones de transporte terrestre de contenedores por carretera con origen o destino en el Puerto de Valencia.

Como resultado de todo ello, la Dirección de Investigación considera que existen "indicios racionales" de la comisión, por parte de las distintas entidades, "de una infracción del artículo 1 de la LDC (Ley de Defensa de la Competencia) y del artículo 101 del TFUE (Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea)". Según la CNC, la incoación de este expediente "no prejuzga el resultado final de la investigación". A partir de este momento, se abre ahora un periodo máximo de 18 meses para la instrucción del expediente y para su resolución por la Comisión.

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