El TSJCM rechaza el recurso del PP contra la modificación de los estatutos de la Fundación CCM

El Tribunal Superior de Justicia de Castilla-La Mancha (TSJCM) ha rechazado el recurso contencioso-administrativo presentado por el Partido Popular contra la resolución emitida por la vicepresidenta y consejera de Economía y Hacienda del Gobierno de Castilla-La Mancha, María Luisa Araújo, de fecha 14 de septiembre, por la que se ordena la modificación de los estatutos de la Fundación CCM.
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EUROPA PRESS
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El Tribunal Superior de Justicia de Castilla-La Mancha (TSJCM) ha rechazado el recurso contencioso-administrativo presentado por el Partido Popular contra la resolución emitida por la vicepresidenta y consejera de Economía y Hacienda del Gobierno de Castilla-La Mancha, María Luisa Araújo, de fecha 14 de septiembre, por la que se ordena la modificación de los estatutos de la Fundación CCM.

El PP presentó este recurso el 22 de noviembre del pasado año, al entender que dicha resolución no fue "objeto de notificación a las personas con interés legítimo" y tampoco fue publicada el Diario Oficial de Castilla-La Mancha. Asimismo, consideró que de esta resolución se tuvo un "conocimiento parcial", con fecha 31 de septiembre de 2010, cuando se dio traslado de la escritura pública de constitución de la Fundación CCM.

En el auto, al que ha tenido acceso Europa Press, el TSJCM ha estimado de esta forma las alegaciones previas presentadas el 7 de abril de 2011 por el letrado de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha al recurso de los 'populares' pidiendo su inadmisibilidad en función del artículo 69 de la Ley de la Jurisdicción Contencioso-administrativa.

En su alegación, la Junta consideró que se trataba de un acto de trámite inserto en el procedimiento de inscripción de la Fundación CCM en el Registro de Fundaciones de Castilla-La Mancha que finalizó con la resolución de la Secretaría General de Presidencia de 30 de septiembre de 2010, por la que dispuso la apertura de la hoja registral en dicho Registro de Fundaciones. Algo en lo que el TSJCM le ha dado la razón.

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