Bocyl publica la autorización a Caja de Burgos de su segregación a favor de Banca Cívica

El Boletín Oficial de Castilla y León (Bocyl) ha publicado este viernes el acuerdo por el que la Junta autoriza a Caja de Burgos la segregación de sus activos y pasivos a favor de Banca Cívica, así como el ejercicio indirecto de la actividad financiera a través de ésta.
Banca Cívica
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BANCA CÍVICA
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El Boletín Oficial de Castilla y León (Bocyl) ha publicado este viernes el acuerdo por el que la Junta autoriza a Caja de Burgos la segregación de sus activos y pasivos a favor de Banca Cívica, así como el ejercicio indirecto de la actividad financiera a través de ésta.

La Asamblea General de la entidad aprobó el 19 de mayo la segregación de sus negocios bancarios y el ejercicio indirecto de la actividad financiera en favor del Sistema Institucional de Protección (SIP) que conforma junto con Caja Navarra, Caja Canarias y Cajasol.

El día 24 de mayo, solicitó a la Consejería de Economía y Empleo la preceptiva autorización de estos acuerdos y el 8 de junio completó la documentación inicialmente presentada.

Tras la segregación realizada por todas las cajas de ahorros integrantes del Sistema, Caja de Burgos seguirá siendo titular de un 20,50 por ciento del capital social de Banca Cívica, de acuerdo con la adenda de 10 de diciembre de 2010 al contrato de integración inicialmente suscrito el 7 de abril de 2010.

Así, queda sólo bajo titularidad de la Caja, aparte de esta participación accionarial, la propia marca y nombre comercial de la entidad, los activos, pasivos y medios humanos afectos a su obra social, el beneficio del ejercicio 2010 destinado a obra social, así como el personal afecto a los órganos de gobierno y estructura de dirección.

Contra el acuerdo publicado hoy, que pone fin a la vía administrativa, podrá interponerse potestativamente recurso de reposición ante la Junta de Castilla y León en el plazo de un mes o, directamente, recurso contencioso administrativo ante la Sala del mismo nombre, con sede en Valladolid, del Tribunal Superior de Justicia en el plazo de dos meses. Ambos plazos cuentan desde el día siguiente al de su notificación.

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