TVCP aconseja a Fundación Museo Marítimo Ría de Bilbao analizar "otras formas jurídicas más adecuadas" de gestión

Afirma que ni los compromisos de los patronos en la financiación ni la situación económica aseguran su funcionamiento a medio plazo
Museo Marítimo
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EUROPA PRESS
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El Tribunal Vasco de Cuentas Públicas (TVCP) recomienda a la Fundación Museo Marítimo Ría de Bilbao analizar "otras formas jurídicas más adecuadas para la gestión del museo" y advierte de la necesidad de dotar a la Fundación de los recursos necesarios "para garantizar su viabilidad".

El TVCP ha realizado a petición de la Comisión de Economía, Hacienda y Presupuestos del Parlamento vasco el informe de fiscalización de la gestión económico-financiera de la Fundación Museo Marítimo Ría de Bilbao correspondiente al periodo 1996-2009, que ha sido aprobado por unanimidad y que abarca aspectos contables y de legalidad, y efectúa recomendaciones para la mejora de la gestión de la Fundación.

En relación con el cumplimiento de la legalidad, el TVCP opina que la Fundación no ha cumplido la normativa legal que regula su actividad económico-financiera en el periodo 2003-2009 y concreta en el propio informe esta opinión en diversos aspectos e incumplimientos.

Así, el órgano fiscalizador indica que no se han inscrito en el Registro de Fundaciones todos los nombramientos y ceses de patronos, ni tampoco ninguno de los poderes otorgados como exige la Ley de Fundaciones del País Vasco.

En el área de personal, se destaca que la Fundación no ha seguido los principios de publicidad, igualdad, mérito y capacidad en la contratación de las 14 altas de personal producidas desde 2003 y, asimismo, que la retribución satisfecha al coordinador general, en comisión de servicios del Ayuntamiento de Bilbao, desde su nombramiento por el Patronato en julio de 2004 y hasta abril de 2008, no fue aprobada por el mencionado órgano como exigen los estatutos.

En la fiscalización de la contratación se señala el incumplimiento de los principios de publicidad y concurrencia en la adquisición de bienes y servicios por 1.898.000 de euros.

Por otro lado, el Tribunal Vasco de Cuentas Públicas señala que la explotación de la cafetería se ha adjudicado de forma directa, sin respetar los principios mencionados.

En relación con las cuentas anuales de la Fundación, el TVCP opina que expresan en todos los aspectos significativos la actividad económica del periodo 1996-2009, su situación financiera y el resultado de sus operaciones, salvo por algunas salvedades que se detallan en el propio informe.

En el apartado relativo a la gestión, al margen de diversas consideraciones relativas a la contabilidad, registro y control de las subvenciones recibidas y cumplimiento de las obligaciones legales como fundación, se indica que ni los compromisos a 31 de diciembre de 2009 de los patronos en la financiación ni la situación económico- financiera aseguran su funcionamiento a medio plazo.

Por ello, cree conveniente que las personas jurídicas públicas que participan en la Fundación analicen si hay otras formas jurídicas más adecuadas para la gestión del museo y la necesidad de dotar a la Fundación de los recursos necesarios para garantizar su viabilidad.

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