El TSJM devuelve el 'caso Gürtel' a la Audiencia Nacional

  • Los tres diputados a la Asamblea de Madrid imputados en la causa -Alberto López Viejo, Alfonso Bosch y Benjamín Martín Vasco- han perdido su fuero.
  • El TSJM explica que su competencia sobre el caso estaba "vinculada a la vigencia del cargo de los aforados".
  • Poco antes de las elecciones autonómicas renunciaron a su escaño.
Sede del Tribunal Superior de Justicia de Madrid.
Sede del Tribunal Superior de Justicia de Madrid.
EP
Sede del Tribunal Superior de Justicia de Madrid.

El Tribunal Superior de Justicia de Madrid (TSJM) ha acordado este miércoles devolver el caso Gürtel a la Audiencia Nacional una vez que los tres diputados a la Asamblea de Madrid que figuraban como imputados en la causa -Alberto López Viejo, Alfonso Bosch y Benjamín Martín Vasco- han perdido su fuero.

En un auto notificado este iércoles, la sala de lo civil y penal del TSJM explica que su competencia sobre el caso estaba "vinculada a la vigencia del cargo de los aforados", que poco antes de las elecciones autonómicas del pasado 22 de mayo renunciaron a su escaño y que no concurrieron nuevamente a los comicios en ninguna candidatura.

"Perdida la condición de diputados en la Asamblea de Madrid (...), debe este tribunal cesar en el conocimiento de las actuaciones, consecuencia en la que coinciden todas las partes que han realizado alegaciones", señala la resolución.

De acuerdo todos en que el TSJM ya no era competente, las partes discrepaban sin embargo sobre a dónde debía ser enviado el caso: la Fiscalía, la Abogacía del Estado y los abogados de varios imputados solicitaron que se devolviera a la Audiencia Nacional -donde el juez Baltasar Garzón inició las investigaciones-, mientras que otras defensas entendían que debía ser asumido por los Juzgados de Madrid.

El TSJM, "sin entrar en controversias competenciales", acuerda devolver el caso al órgano que se lo envió, "que debe recuperar la competencia una vez que desaparecen las circunstancias excepcionales determinantes del aforamiento de alguno de los imputados".

La sala añade, además, que durante la instrucción de la causa no se ha dictado ninguna resolución definitiva que permita "excluir con claridad la competencia inicialmente asumida por el Juzgado Central de Instrucción número 5", cuyo titular en la actualidad, tras la suspensión del juez Garzón, es el magistrado Pablo Ruz.

El auto dice también que, "a lo anterior", hay que añadir que "algunos de los hechos investigados en las actuaciones parecen haber sido realizados en el extranjero", por lo que serían competencia de la Audiencia Nacional, a la que la Ley Orgánica del Poder Judicial atribuye la investigación de los delitos cometidos por ciudadanos españoles fuera del territorio nacional.

"Uno de los objetos de investigación en la presente causa es la realización de operaciones de interposición de sociedades constituidas en varios países y la apertura de cuentas bancarias en el extranjero mediante las que supuestamente trató de ocultarse el verdadero origen y propiedad de bienes de alguno de los imputados", dice el TSJM.

El tribunal recuerda, no obstante, que ahora será Ruz quien decida si mantiene o no su competencia sobre la causa, "planteando, en su caso, la inhibición al Juzgado de Instrucción que estime debe asumir su conocimiento".

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