Sólo a los que reúnen todas las condiciones exigidas se les envía una comunicación informándoles de que pueden presentar el trámite, así como de los papeles que deben aportar. La novedad es que desde ahora no habrá que acudir personalmente a la oficina de extranjeros para presentar la solicitud, sino una vez ya autorizada.
Otra facilidad es que la documentación puede entregarse en los registros de cualquier Administración del Estado, la Junta, en Correos y en la oficina de extranjeros, ubicada en la calle Cristo del Gran Poder, 40 (barrio de Carranque).
Papeleo a través de Internet
Si no llega a su domicilio la comunicación instándole a comenzar la renovación de la primera o segunda tarjeta de residencia, puede que la carta se haya extraviado. En ese caso puede acceder a la página web del Ministerio de Administraciones Públicas (www.map.es) y con sólo escribir el NIE y la fecha de nacimiento obtendrá la información e impresos de solicitud personalizados.
Comentarios
Hemos bloqueado los comentarios de este contenido. Sólo se mostrarán los mensajes moderados hasta ahora, pero no se podrán redactar nuevos comentarios.
Consulta los casos en los que 20minutos.es restringirá la posibilidad de dejar comentarios