El nuevo Reglamento de Autorizaciones Ambientales "facilita las inversiones creadoras de empleo" en Extremadura

Establece el régimen de distancias mínimas con nuevos requisitos para actividades clasificadas como insalubres, nocivas y peligrosas
José Luis Navarro
José Luis Navarro
EUROPA PRESS
José Luis Navarro

El consejero de Industria, Energía y Medio Ambiente de la Junta de Extremadura, José Luis Navarro, ha destacado que el nuevo Reglamento de Autorizaciones Ambientales de la región pretende "facilitar las inversiones creadoras de empleo" en la comunidad autónoma de forma "compatible" con la seguridad y la salud de las personas.

El reglamento, aprobado por el Decreto 81/2011 y publicado en el Diario Oficial de Extremadura (DOE) el 26 de mayo, "cumple" así con los objetivos marcados por el Ejecutivo extremeño en esta materia, según ha indicado Navarro en rueda de prensa.

Esta nueva normativa es la segunda que se desarrolla en el marco de la Ley de Prevención y Calidad Ambiental de Extremadura que entró en vigor en 2010.

El Reglamento de Autorizaciones Ambientales de la región entrará en vigor el próximo martes, 7 de junio, con un contenido "muy concreto" y una disposición adicional única por la que se declara la "inaplicación total" el Reglamento nacional de Actividades Clasificadas, según ha destacado Navarro en rueda de prensa.

Según ha indicado el consejero extremeño de Medio Ambiente, dicha normativa nacional contenía un conjunto de preceptos y un régimen de distancias "desde cualquier lugar donde se desarrollara alguna de estas actividades hasta los núcleos de población".

Así, este reglamento ha provocado "una excesiva rigidez" ya que "metía en un mismo saco" a actividades "muy diversas" y suponía un "inconveniente grave" para la instalación de determinados tipos de empresas, y el nuevo reglamento da la "posibilidad" de "estudiar cada caso" algo que antes "no se permitía", ha explicado Navarro.

Nuevo régimen de distancias mínimas

En este sentido, el anexo cuatro del nuevo Reglamento de Autorizaciones Ambientales establece el régimen de distancias mínimas con nuevos requisitos para la puesta en marcha de las actividades clasificadas como insalubres, nocivas y peligrosas.

Así, según cada tipo de actividad, como pueden ser las de subproductos de animales no destinados a consumo humano, ganaderas y de núcleo zoológico, actividades peligrosas, etcétera, se establecen unas distancias y unos requisitos determinados.

En cualquier caso, ha puntualizado José Luis Navarro, "cualquier actividad" de las mencionadas estará sometida a un "riguroso control" para comprobar que se tienen "todas las medidas necesarias" para "no molestar a nadie".

Además, cada ayuntamiento tendrá la "capacidad", mediante ordenanzas municipales, de "establecer requisitos de distancia" que "pueden ser mayores" que las mínimas que establece el nuevo reglamento, ha señalado el consejero.

Por ello, dicho reglamento "ha sido sometido a un intenso proceso de participación social" y recoge "prácticamente en su totalidad" las sugerencias que la Federación de Municipios y Provincias de Extremadura (Fempex) ha realizado a la Consejería de Industria, Energía y Medio Ambiente ya que es la "representante" de los ayuntamientos que están "muy interesados" en el mismo.

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