La Junta establece las bases y la primera convocatoria de ayudas a la mejora y modernización de regadíos

El Ejecutivo ha aprobado el decreto por el que se establecen las bases reguladoras y la primera convocatoria de las ayudas a la mejora y modernización de regadíos en Extremadura, por un importe de 10.000.000 euros.
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El Ejecutivo ha aprobado el decreto por el que se establecen las bases reguladoras y la primera convocatoria de las ayudas a la mejora y modernización de regadíos en Extremadura, por un importe de 10.000.000 euros.

Estas ayudas están destinadas a las Comunidades de Regantes de Extremadura para la realización de obras e instalaciones que tengan por finalidad la mejora y modernización de las infraestructuras de riego de su competencia, así como las condiciones de las redes de drenaje y los mecanismos de gestión del riego.

Además, las inversiones deberán tener como finalidad y consecuencia alguno de los siguientes aspectos: ahorro significativo de agua de riego; ahorro energético; mejora en la calidad del agua; mejora en las condiciones de drenaje; mejora en las condiciones del riego para el regante; mejora en la tecnología del riego; optimización del agua disponible; y cualquier otra medida dirigida al cumplimiento de los fines que en materia de gestión hidráulica establecen la Ley de Aguas y sus Reglamentos, el Plan Nacional de Regadíos, el Plan Hidrológico Nacional o los Planes Hidrológicos de Cuenca o de Demarcación.

El plazo de presentación de solicitudes será de un mes contado a partir del día siguiente al de la publicación de esta norma en el Diario Oficial de Extremadura.

Ayudas para las agrupaciones de defensa sanitarias

El Consejo de Gobierno ha autorizado el gasto y la convocatoria derivados de la orden por la que se establece la convocatoria de ayudas 2011/2012 para las Agrupaciones de Defensa Sanitaria Ganadera (ADSG) y las Agrupaciones de Defensa Sanitaria Apícolas (ADSA) en la Comunidad Autónoma de Extremadura, por un importe de 2.040.000 euros.

Serán beneficiarias de estas ayudas para la ejecución de un programa sanitario común las ADS, tanto ganaderas como apícolas, que estén reconocidas mediante resolución de la Dirección General de Explotaciones Agrarias y Calidad Alimentaria.

No obstante, los beneficiarios finales de las ayudas serán las pequeñas y medianas explotaciones integradas en las ADS.

Las solicitudes de subvención serán ordenadas para su concesión según los siguientes criterios: número total de personal veterinario para desarrollar las actuaciones sanitarias, contenido y alcance del programa sanitario y número de especies ganaderas que integran las ADS. Además, serán prioritarias las solicitudes de aquellas agrupaciones que integren un mayor número de explotaciones y ganado, según ha informado la Junta tras la celebración del Consejo de Gobierno.

El plazo de presentación de solicitud será de un mes contado a partir del día siguiente al de la publicación de la orden en el Diario oficial de Extremadura.

Subvención a las opas

El Consejo de Gobierno ha aprobado también el decreto de concesión directa de una subvención a las Organizaciones Profesionales Agrarias implantadas en la Comunidad Autónoma de Extremadura, por un importe de 721.952 euros.

Podrán ser beneficiarias de las ayudas las Organizaciones Profesionales Agrarias más representativas en el ámbito autonómico que acrediten, en el momento de presentar su solicitud, al menos un 15% de los votos obtenidos en las elecciones al campo de Extremadura celebradas el 3 de marzo de 2002, y cuyo ámbito de implantación se extienda a todo el territorio de la Comunidad Autónoma de Extremadura.

Serán gastos subvencionables los realizados en el año 2011 por cada una de las organizaciones agrarias para su funcionamiento técnico y administrativo.

En todo caso, las ayudas concedidas deberán ser destinadas a sufragar gastos de personal, incluyendo las cantidades abonadas en concepto de seguros sociales y de Seguridad Social; gastos de arrendamientos e Impuesto de Bienes Inmuebles de los centros u oficinas pertenecientes a su organización, así como gastos de electricidad, agua y teléfono; y gastos de representación e interlocución ante organismos, certámenes y ferias oficiales de la Comunidad Autónoma de Extremadura.

Fomento de la producción de razas autóctonas

El Consejo de Gobierno ha aprobado el decreto que regula las subvenciones destinadas al fomento de sistemas de producción de razas ganaderas autóctonas en regímenes extensivos en la Comunidad Autónoma de Extremadura y la convocatoria de ayudas para el ejercicio 2011, por un importe de 1.085.000 euros.

Podrán ser objeto de subvención las explotaciones ganaderas que cuenten con animales reproductores pertenecientes a razas autóctonas y que estén orientadas a la consecución de una producción ganadera que colabore con la conservación y mejora del medio ambiente y el entorno natural, así como con la conservación y mejora de la raza ganadera autóctona explotada.

Además, las explotaciones deberán respetar las condiciones de higiene y bienestar animal y garantizar una sanidad animal adecuada y una alimentación del ganado fundamentada en recursos naturales. El decreto señala que el cumplimiento de la legislación básica en materia de medio ambiente, sanidad, bienestar e identificación animal no será, en ningún caso, subvencionable.

El plazo de presentación de solicitudes finalizará el 30 de junio de 2011.

Dinamización de municipios tabaqueros

El Ejecutivo ha aprobado el decreto que regula la concesión de ayudas a la diversificación y dinamización económica de los municipios tabaqueros.

Estas ayudas sólo se aplicarán a las inversiones productivas que se realicen en municipios extremeños con clara vocación tabaquera, así como en su área de influencia.

A tal efecto, se establecen tres niveles de prioridad: Nivel de prioridad I o de máxima prioridad (municipios con superficie dedicada al cultivo del tabaco en alguna de las campañas de 2007, 2008 y 2009), Nivel de prioridad II (municipios limítrofes a los definidos en el nivel prioridad I) y Nivel de prioridad III (municipios que pertenezcan a la misma Mancomunidad que los definidos en el nivel prioridad I).

Además, los proyectos de inversión deben ser considerados viables desde el punto de vista técnico, económico y medioambiental; y, atendiendo a su tipología, ser proyectos de nueva creación, de ampliación y/o modernización, o de mejora de la actividad existente. Por tanto, no serán subvencionables los proyectos de traslado. Otros requisitos de los proyectos para obtener la ayuda son la creación de nuevos puestos de trabajo y/o el mantenimiento de los ya existentes; la financiación de al menos un 25% de la inversión con fondos propios del promotor no afectados por ningún tipo de ayuda pública; y tratarse de proyectos finalistas, es decir, que con la inversión proyectada la actividad pueda ser desarrollada en toda su integridad.

Finalmente, se consideran actividades subvencionables aquellas que contribuyan a mejorar la competitividad de la actividad económica mediante el aprovechamiento de los recursos endógenos de la zona, la diversificación hacia actividades de carácter innovador, el uso de nuevas tecnologías, la eficiencia energética y, en general, todas aquellas que contribuyan a la creación o al mantenimiento del empleo.

Modificación del convenio con los grupos de acción local

También se ha autorizado la modificación del convenio, suscrito el 14 de noviembre de 2008, entre la Consejería de Agricultura y Desarrollo Rural y los Grupos de Acción Local para la aplicación del enfoque Leader del Programa de Desarrollo Rural 2007/2013 en Extremadura, debido al incremento presupuestario por un importe de 2.161.272 euros.

Estas ayudas están cofinanciadas en un 80% por el Fondo Europeo Agrícola de Desarrollo Rural (FEADER).

Incentivos agroindustriales

El Consejo de Gobierno ha autorizado declarar extinguido el periodo de vigencia para presentar solicitudes en la línea de incentivos agroindustriales, regulada por el Decreto 21/2007, de 6 de febrero, por el que se establece un régimen de incentivos agroindustriales extremeños en el ámbito de la Comunidad Autónoma.

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