El Juzgado de lo Contencioso-Administrativo número 1 de Santander ha resuelto conceder la tarjeta de residencia a un inmigrante al que la Delegación de Gobierno se la había denegado.
El motivo para el rechazo es que el ciudadano estaba inscrito en dos Registros de Parejas de Hecho, algo que, en efecto, prohíbe el decreto sobre entrada y residencia de ciudadanos de los estados miembros de la Unión Europea, que incluso prohíbe inscribirse en un registro cuando ya se está apuntado en otro.
Sin embargo, la sentencia en la que se resuelve el recurso interpreta que "la falta de conexión entre los registros públicos no es algo que pueda imputarse al ciudadano y que deba redundar en su perjuicio", según razona el fallo, que explica que no se puede aplicar la norma si va "en contra" de los ciudadanos
El fallo recuerda que la coordinación entre registros debió quedar garantizada al adaptar la normativa europea a la española.
En consecuencia, le otorga al demandante su derecho a la tarjeta de residente como familiar de un ciudadano de la Unión Europea.
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