Desestimado el recurso del Ayuntamiento de Cuenca sobre la deuda de un millón de euros al CONSORMA

El Juzgado de lo Contencioso-Administrativo número 1 de Cuenca ha desestimado el recurso interpuesto por el Ayuntamiento de Cuenca contra el Consorcio Provincial de Medio Ambiente (CONSORMA), según ha indicado la Diputación provincial de Cuenca en nota de prensa.
Carmen Plaza
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DIPUTACIÓN DE CUENCA
Carmen Plaza

El Juzgado de lo Contencioso-Administrativo número 1 de Cuenca ha desestimado el recurso interpuesto por el Ayuntamiento de Cuenca contra el Consorcio Provincial de Medio Ambiente (CONSORMA), según ha indicado la Diputación provincial de Cuenca en nota de prensa.

La institución provincial indica que el tribunal rechaza "todos los planteamientos" expuestos por el Consistorio de la capital y respalda la legalidad de las actuaciones llevadas a cabo por el CONSORMA.

La vicepresidenta primera de la Diputación provincial, Carmen Torralba, ha expresado su satisfacción por la resolución judicial y ha señalado que el recurso planteado por el Ayuntamiento de la capital "era un estrategia para dilatar en el tiempo el abono de las cuotas que tienen pendientes de pago al CONSORMA".

Una deuda que asciende al millón de euros, cuando las cuotas al Consorma son abonadas de forma regular por el resto de los Ayuntamientos de la provincia de Cuenca todos los años "para poder prestar un buen servicio a los ciudadanos de esta provincia", ha dicho Torralba.

La vicepresidenta, en virtud del resultado de la resolución judicial, ha señalado que el concejal de Medio Ambiente del Ayuntamiento y diputado provincial, Ángel Mariscal, "debería pedir perdón por las barbaridades que dijo en contra de la institución y de su presidente en relación a este asunto".

Por su parte, el vicepresidente del Consorcio, Alfonso Plaza, ha preguntado al alcalde de Cuenca, Francisco Javier Pulido, "qué argumentará ahora que hay sentencia para no pagar la deuda de 1.013.601,62 euros que su Ayuntamiento tiene con el CONSORMA".

El vicepresidente del CONSORMA ha indicado que la sentencia "ha dejado claro que las cuotas establecidas son legales y apropiadas para el funcionamiento del Consorcio", y ha explicado que no se trata de ninguna tasa, sino de una cuota de participación.

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