El TC rechaza la recusación de Hernando y empieza a estudiar el recurso, que podría llegar al Pleno

El tribunal de garantías debe resolver antes de las doce de esta noche, que es cuando arranca la campaña electoral
Fachada del Tribunal Constitucional (TC)
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Fachada del Tribunal Constitucional (TC)

El Pleno del Tribunal Constitucional ha rechazado de plano la recusación presentada por Bildu contra el magistrado de este órgano Francisco Hernando, al que la coalición pretendía apartar de las deliberaciones al considerarle "contaminado", al haber intervenido en la ilegalización de Batasuna y de otras marcas de la izquierda abertzale cuando fue presidente del Tribunal Supremo.

Fuentes del alto tribunal han explicado que, una vez rechazada 'ad limine' la recusación, Hernando se ha incorporado a la Sala Segunda de este órgano, que en torno al mediodía de este jueves ha comenzado a entrar en el fondo para decidir si admite el recurso de amparo presentado por la coalición de EA y Alternatiba contra la anulación de sus 254 listas electorales por el Tribunal Supremo.

No obstante, cabe la posibilidad de que la decisión acabe siendo avocada al Pleno si a lo largo del debate los seis magistrados de la Sala ven que las deliberaciones conducen a un empate, según las mismas fuentes. Se da la circunstancia de que el magistrado designado ponente de la resolución es el propio Hernando.

A primera hora de esta mañana el tribunal de garantías ya contaba con las alegaciones presentadas tanto por la Fiscalía como por la Abogacía del Estado respecto del recurso de amparo que la coalición de EA y Alternatiba, que debe ser resuelto antes de las doce de esta noche.

Según fuentes jurídicas, la recusación de Hernando estaba relacionada con el hecho de que este magistrado fue quien presidió el Tribunal Supremo y su Sala del 61 cuando se acordó la ilegalización de Batasuna en marzo de 2003, así como el resto de resoluciones que han impedido la concurrencia a comicios electorales de varias marcas de la izquierda abertzale.

División ideológica

La Sala Segunda, que es a la que en principio está estudiando el recurso de Bildu, presenta una fuerte división ideológica entre sus magistrados, tres de los cuales pertenecen al "ala progresista" de la institución, mientras los otros tres pueden ser etiquetados como "conservadores". Será la primera vez que un asunto relacionado con la Ley de Partidos llega al Pleno del tribunal de garantías constitucionales.

El tribunal que en principio debe resolver sobre Bildu está presidido por el magistrado "progresista" Eugeni Gay, y la completan los designados a propuesta del PSOE Elisa Pérez Vera y Luis Ignacio Ortega, además de los nombrados bajo el auspicio del PP Francisco Hernando (ex presidente del Tribunal Supremo), Ramón Rodríguez Arribas y Francisco Pérez de los Cobos.

Este último, junto con Ortega y Hernando, se estrenan en cuestiones relacionadas con la izquierda abertzale ilegalizada tras la última renovación consumada en el alto tribunal el pasado mes de enero.

Posible intervención del pleno

En caso de empate cabría la posibilidad de que Gay utilizara un voto de calidad, en "analogía" con la misma figura que la Ley regula para el presidente del Tribunal Constitucional, aunque también es probable que se avoque el asunto al Pleno, donde existe una mayoría de siete magistrados de corte "progresista" frente a cuatro que se pueden etiquetar de "conservadores".

Si el asunto llega al Pleno, al bloque "progresistas" se unirían a los tres magistrados antes citados de la Sala segunda se uniría el propio presidente del Constitucional, Pascual Sala, Manuel Aragón, Pablo Pérez Tremps y Adela Asúa. Al "conservador" se sumaría Javier Delgado, es decir, el asunto sería visto por una Sala de siete magistrados "progresistas" frente a cuatro "conservadores".

La decisión final debe conocerse antes de las doce de esta noche, que es cuando arranca la campaña electoral para las elecciones municipales y forales, aunque hay que tener en cuenta que el Supremo retrasó en 24 horas su decisión respecto del calendario señalado por la propia Ley Orgánica Electoral General (LOREG), lo que ha restado un día al tribunal de garantías para tomar su decisión.

Criterio del supremo

La sentencia de la Sala del 61 del Tribunal Supremo que impide la presencia de Bildu en los comicios electorales del próximo 22 de mayo, dictada la madrugada del pasado lunes, considera "probado" que la coalición de Euskolun Alkartasuna y Alternatiba "se ha erigido como un cauce simulado y fraudulento para soslayar la ilegalización judicial del brazo político de ETA y así permitir el acceso de Batasuna/ETA a las instituciones representativas".

La sentencia fue respaldada por 9 de los 16 magistrados del Tribunal Supremo y subraya que se trata de evitar que quienes conforman en "sedicente condición de independientes (pero realmente meros testaferros de ETA)" puedan acceder a información como los censos y luego, en condición de electos, tomar posesión de sus cargos y "establecer una línea de gobierno favorecedora de los fines terroristas de ETA".

La resolución objeto del recurso de amparo que se estudia hoy en el Tribunal Constitucional defiende que anular las 254 listas de candidatos que ha presentado Bildu es la única forma "constitucionalmente legítima y ponderada" de preservar las resoluciones que la Sala del 61 ha ido dictando en relación con otras formaciones de la izquierda abertzale ilegalizada, con el fin de "garantizar bienes jurídicos como la seguridad pública y la libertad de los ciudadanos".

Por contra, los seis magistrados del Tribunal Supremo discrepantes de la mayoría y que han apoyado durante las deliberaciones del Tribunal Supremo sobre Bildu su concurrencia completa a las elecciones consideran que la "paternidad" de la formación no corresponde a la banda terrorista ETA si no a Eusko Alkartasuna (EA), según se desprende del voto particular firmado por todos ellos.

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