Condenan a un hombre por intentar agredir sexualmente a una mujer cuando entraba en su casa

La Audiencia de Málaga ha confirmado la condena impuesta por un juzgado de lo Penal de la capital a un hombre por intentar agredir sexualmente a una mujer cuando ésta se disponía a entrar en su domicilio, aunque no lo consiguió ante la llegada de los vecinos. Así, desestima el recurso presentado por la defensa del acusado.

La Audiencia de Málaga ha confirmado la condena impuesta por un juzgado de lo Penal de la capital a un hombre por intentar agredir sexualmente a una mujer cuando ésta se disponía a entrar en su domicilio, aunque no lo consiguió ante la llegada de los vecinos. Así, desestima el recurso presentado por la defensa del acusado.

El Juzgado de lo Penal número 5 de Málaga declaró probado, según la sentencia de apelación a la que tuvo acceso Europa Press, que en mayo de 2007 cuando la joven se dirigía a su casa en la localidad malagueña de Coín se le acercó el acusado, justo en la esquina del domicilio, e intentó tocarla.

En la resolución precisa que el hombre llegó, incluso, a "agarrarla fuertemente del cuello, a empujarla contra la pared y a tirarla al suelo", aunque no logró su propósito porque llegaron al lugar unos vecinos debido a que escucharon los gritos pidiendo auxilio que dio la víctima, quien resultó lesionada.

Al hombre se le condenó por un delito de agresión sexual en grado de tentativa a 11 meses de prisión y la prohibición de acercarse a la víctima a menos de 500 metros o comunicar con ella de cualquier forma durante dos años. Contra esta sentencia, la defensa del acusado presentó un recurso por error en la valoración de la prueba.

Así, se indicaba que se había ignorado la declaración de uno de los testigos que dijo que persiguió a la persona que había intentado atacar a la mujer, pero que no pudo identificarla y que luego fue al domicilio del acusado y comprobó que estaba allí, por lo que concluyó que él no podía ser el autor de los hechos.

La Sala admite que se echa en falta una referencia a este testigo, pero indica que, tras la deliberación, ha concluido que "no existe error manifiesto en la valoración de las pruebas y que los hechos objeto de acusación están plenamente acreditados", por lo que rechaza el recurso presentado y confirma la sentencia y la pena impuesta por el juzgado.

El Tribunal añade que tanto víctima como acusado reconocieron que se conocían "de vista" antes de los hechos, por lo que considera que "no existe el riesgo de que la joven incurriera en un error" en cuanto a la identificación, ya que ella misma declaró que el acusado le dijo días antes que quería salir con ella y el mismo día le insistió en que se quería casar con ella.

Para la Sala, "no existen razones para pensar que la testigo falte a la verdad", ya que sus manifestaciones han sido siempre "firmes y persistentes", señalando que el acusado la siguió, "llegando a sentir miedo", hasta el punto de que paró para "dejarle que subiera antes las escaleras".

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