El teléfono para víctimas de violencia de género incorpora la atención a mujeres que sufren acoso en el ámbito laboral

Gobierno vasco inicia la distribución de 25.000 guías para informar sobre este nuevo recurso
Operadora Telefónica
Operadora Telefónica
EP
Operadora Telefónica

El servicio telefónico 900 840 111, que gestiona la Dirección de Atención a Víctimas de la Violencia de Género del Gobierno vasco, ha incorporado a sus servicios la atención y el asesoramiento a mujeres que sufren acoso sexual o acoso por razón de sexo en el ámbito laboral.

Según ha explicado el Departamento vasco de Interior, el teléfono 900 840 111 funciona las 24 horas del día y tiene carácter confidencial y gratuito. Sus principales funciones son el apoyo y la contención emocional, el asesoramiento sobre cómo actuar ante una situación de violencia de género y la información "completa" de todos los recursos existentes en el entorno más cercano a la mujer, entre ellos servicios sociales, sanitarios, judiciales y policiales, entre otros.

A partir de ahora, a estas prestaciones se añade también la atención y el asesoramiento a mujeres que sufren acoso sexual o acoso por razón de sexo en el ámbito laboral, "una forma de ejercicio de la violencia de género" que ha estado "naturalizada e invisibilizada" dentro del entorno laboral.

Para informar a las afectadas sobre las características de este nuevo recurso, a partir de este lunes la Dirección de Atención a las Víctimas de la Violencia de Género comenzará la distribución de 25.000 ejemplares de una guía informativa entre distintos agentes y recursos del ámbito laboral.

En ella, se explica "cómo se producen habitualmente estas situaciones y qué puede hacer ante ellas quienes las sufren, donde acudir, qué pasos dar, etc". Además, se ofrece la ayuda del Servicio Telefónico 900 840 111, desde el que se presta "una actuación de apoyo, contención, información y orientación".

La guía incluye la definición de Acoso Sexual y Acoso por razón de Sexo prevista en el artículo 7 de la Ley Orgánica 3/2007 de 22 de marzo, para la igualdad efectiva de mujeres y hombres, entendiendo, de esta forma, que el acoso sexual es cualquier comportamiento, verbal o físico, de naturaleza sexual que tenga el propósito o produzca el efecto de atentar contra la dignidad de una persona, en particular cuando se crea un entorno intimidatorio, degradante u ofensivo.

El acoso por razón de sexo se define como cualquier comportamiento realizado en función del sexo de una persona, con el propósito o el efecto de atentar contra su dignidad y de crear un entorno intimidatorio, degradante u ofensivo.

"desvelar y encauzar"

Las guías incluyen indicadores de comportamientos que permitan reconocer "esas situaciones abusivas" que constituyen, abordan las consecuencias que provocan en la vida laboral y personal de las mujeres que las viven, y exponen las herramientas de apoyo, orientación y recursos que desde el servicio de atención telefónica 24 horas de la Dirección de Atención a las Víctimas de la Violencia de Género se ha creado.

Con esta iniciativa, la Dirección de Atención a Víctimas de la Violencia de Género pretende ayudar a "desvelar y encauzar situaciones de violencia y discriminación que se producen de forma habitual en la sociedad, desde una actuación cercana a las mujeres que las sufren y con el objetivo prioritario de ofrecer apoyo y orientación a las mismas".

Mostrar comentarios

Códigos Descuento