Del Río dice que en el caso del médico que alega objeción de conciencia sobre el aborto hay "dos intereses"

El presidente del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía (TSJA), Lorenzo del Río, ha rehusado pronunciarse sobre el auto que rechaza que un médico de familia alegue objeción de conciencia para no informar sobre el aborto, aunque ha indicado que en este caso "hay dos intereses muy claros, la objeción de conciencia, que es un derecho constitucional y que se puede ejercer cuando hay bienes importantes en conflicto y que afectan a la conciencia de uno, y una prestación que es pública en el ámbito sanitario".

El presidente del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía (TSJA), Lorenzo del Río, ha rehusado pronunciarse sobre el auto que rechaza que un médico de familia alegue objeción de conciencia para no informar sobre el aborto, aunque ha indicado que en este caso "hay dos intereses muy claros, la objeción de conciencia, que es un derecho constitucional y que se puede ejercer cuando hay bienes importantes en conflicto y que afectan a la conciencia de uno, y una prestación que es pública en el ámbito sanitario".

Así, en declaraciones a los periodistas en Málaga, Del Río no ha querido pronunciarse sobre la resolución, dictada por el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo número 3 de Málaga, "hasta esperar a ver la resolución que se pueda adoptar en su caso si hay un recurso sobre esa primera decisión judicial".

El Juzgado de lo Contencioso-Administrativo número 3 de Málaga ha desestimado la petición formulada por un médico de familia del Centro de Salud de la localidad malagueña de Antequera de declararse objetor en relación con el aborto y quedar excluido de las tareas de información y derivación de las mujeres, alegando razones de conciencia.

Así, según el auto emitido por el magistrado Óscar Pérez, en este caso existe "una afectación periférica" al derecho del facultativo a obrar conforme a su conciencia, ya que su quehacer se limita, se indica, "a una tarea informativa y derivación de la mujer, sin estar implicado directamente en la Interrupción Voluntaria del Embarazo (IVE)".

El facultativo solicitó la suspensión de una resolución de la Gerencia del Área Sanitaria Norte de Málaga, con la que se respondió a la manifestación del médico de declararse objetor. En esa comunicación se considera que el derecho a la objeción de conciencia "sólo ampara a los profesionales que están directamente implicados en la IVE", tesis que ahora se mantiene en el auto.

Respecto a otra sentencia, la del caso 'Ballena Blanca', el presidente del TSJA tampoco ha querido pronunciarse al haber anunciado recursos por varias partes y ha considerado que "cuando veamos el resultado final, quizás sí sea objeto de reflexión, todos estos juicios enormes con tantos procesados, el resultado en relación con la instrucción".

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