Juzgan desde el martes a 9 personas por obligar a prostituirse a mujeres en clubes de Toledo y Madrid

El fiscal pide para el principal de los acusados una pena de 15 años de prisión
Audiencia provincial de Toledo
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La Sección Segunda de la Audiencia Provincial de Toledo juzgará desde este martes, a las 10.30 horas, y hasta el jueves, a nueve personas como presuntos autores de los delitos continuados contra los derechos de los trabajadores, prostitución y detención ilegal, al obligar a mujeres venidas desde Sudamérica a ejercer la prostitución en clubes de Toledo y Madrid.

Según el escrito de conclusiones provisionales del fiscal, al que ha tenido acceso Europa Press, el acusado J.M.S.P, como dueño del 'Club Américano', situado en Santa Olalla (Toledo), y del 'Club Skandalo', situado en Nava del Rey (Madrid), recibió durante 2002 y los primeros meses de 2003 un número no determinado de mujeres a las cuales alojó en los referidos clubes.

De este modo, según el fiscal, el acusado aprovechaba los contactos que tenía con personas residentes en Hispanoamérica, para traer a España a mujeres jóvenes con necesidades económicas la cuales algunas veces aceptaban venir al país para ejercer la prostitución y otras pensando que lo hacían como camareras.

Así, el Ministerio Público establece que estas mujeres, en su mayoría paraguayas, recibían en un billete de avión ida y vuelta con destino Madrid, Barcelona o Lisboa —según se consideraba en cada momento que los controles policiales eran menos estrictos—, y dinero suficiente para que pudieran acreditar en los controles fronterizos que disponían de medios para vivir durante el tiempo del supuesto viaje de vacaciones que alegaban.

Una vez en el aeropuerto de destino, eran recibidas por M.A.D.Q., si llegaban a Barcelona; o por K.V.C., J.L.C. y el propio J.M.S.P, si llegaban a Lisboa o Madrid. Cualquiera que fuese su vía de llegada, eran llevadas hasta el principal acusado o alguno de sus dos clubes, donde eran alojadas y actuaban como responsables "siempre a las órdenes" de J.M.S.P, K.V.C., T.R.I, F.N.A, en el 'Club Americano'; y C.E.I.A., N.C.C. y J.L.C., en el 'Club Skándalo'.

Según el fiscal, cuando se encontraban en el club al que eran asignadas por J.M.S.P. se procedía a retirarlas el pasaporte, el billete de avión de vuelta y el dinero en metálico que se les había entregado para el viaje, momento a partir del cual debían paga una cantidad que oscilaba entre 3.800 y 5.000 euros.

Para ello, las mujeres debían trabajar desde las 19.30 horas hasta las 1.30 horas, o dos horas del día siguiente, en día de diario, según la asistencia de clientes; o también hasta las 5.30 o 6.00 horas si era fin de semana, en una zona del bar alternando con los clientes y realizando prácticas sexuales con quienes lo solicitasen en las habitaciones de la planta superior. CONTROL

Los responsables del club llevaban un control de las veces que una mujer subía con un cliente a una habitación y ajustaban al final de la jornada la cantidad que correspondía al club y la que correspondía a cada mujer, aunque el fiscal añade que mientras no estaba pagada totalmente la deuda del viaje, la mujer no recibía cantidad alguna.

Los clubes, fuera de las horas de apertura al público, quedaban cerrados con llaves y candados con estas mujeres en su interior, que solamente podían salir al exterior con la autorización de los responsables que, además, las acompañaban a las gestiones que tuvieran que hacer.

A pesar de ello, en una fecha no determinada, consiguieron escaparse cuatro mujeres del club 'El Americano', a partir de cuyo momento, el Ministerio Público afirma que no ha vuelto a saberse nada de ellas. Además, añade que con motivo de la fuga, J.M.S.P. dijo a las demás mujeres, para amedrentarlas, "que de las fugadas se iba a encargar la mafia".

Finalmente, el fiscal establece que las mujeres vivían hacinadas, llegando a dormir hasta siete en una habitación y que se les imponía reglas de comportamiento cuyo incumplimiento era sancionado con multas económicas.

Cargos y penas

Para el Ministerio Público, los citados hechos constituyen un delito continuado contra los derechos de los trabajadores, de prostitución y de detención ilegal por los que responden J.M.S.P., K.V.C., T.R.I., F.N.A., C.E.I.A., N.C.C., J.L.C., y M.A.D.Q; mientras que L.M.C. responde solamente por los delitos contra los trabajadores y de prostitución.

Por ello, el fiscal señala que procede a imponer al principal de los acusados, J.M.S.P., la pena de cinco años por el delito contra los trabajadores, cuatro años de prisión por el de prostitución, y seis años por el de detención ilegal.

Igualmente, pide para T.R.I, y a F.N.A tres años de prisión por un delito contra los trabajadores, tres años por un delito de prostitución y cinco años por detención ilegal. Mientras para el resto de los acusados procede imponer cuatro años por un delito contra los trabajadores, 3,6 años por un delito de prostitución y seis meses por el de detención ilegal, salvo a L.M.C.

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