Ibarra cree un triunfo del Estado de Derecho la resolución del TS porque "la sombra de ETA" se proyectaba sobre Sortu

Dice que, si se recurre al TC "no sucederá algo muy distinto" y no considera que el Tribunal deba "apurar los plazos"
Mendia e Ibarra
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GOBIERNO VASCO
Mendia e Ibarra

El presidente del Tribunal Superior de Justicia del País Vasco (TSJPV), Juan Luis Ibarra, ha afirmado que la decisión del Tribunal Supremo por la que impide a Sortu su inscripción como partido político es "un triunfo del Estado de Derecho" porque "la sombra de ETA" se proyectaba sobre la nueva marca de la izquierda abertzale.

En una jornada sobre la situación de la Administración de Justicia celebrada en Bilbao, Ibarra ha manifestado que, en caso de que Sortu recurra en amparo ante el Tribunal Constitucional, "no sucederá algo muy distinto" a lo que ha determinado el Supremo y no considera que el Tribunal deba "apurar los plazos" para resolver el recurso porque esta formación no debe marcar "los ritmos" de la Justicia.

"Los litigantes no pueden determinar el ritmo del Tribunal. Se trata de un recurso de amparo de carácter ordinario que tiene un plazo de tres meses para su resolución, y por lo tanto, yo no creo que el Tribunal Constitucional deba apurar los plazos", ha afirmado.

Tras recordar que "la vía de amparo" supone también la posibilidad de recurrir a instancias europeas, ha indicado que "no podemos quejarnos de la agilidad del Supremo en resolver", y ha estimado que no se ha producido "ninguna indefensión en términos constitucionales".

En su opinión, "la defensa de los intereses" de las partes del proceso "han estado suficientemente cuidados" y éste se ha desarrollado con todas las garantías y conforme a la Constitución.

En este sentido, ha subrayado que la decisión de la Sala del 61 supone "un triunfo del Estado de Derecho" y ha indicado que "la clave para los ciudadanos debe ser la misma que para los jueces: ETA permanece y la sombra de ETA se proyecta sobre la nueva formación".

Debate en la sala

Asimismo, ha dicho que, si la decisión del Supremo se ha adoptado "por una mayoría ajustada", refleja que el caso planteaba "cuestiones constitucionales, no sólo trascendentes para el funcionamiento del sistema político, sino también jurídicamente difíciles".

Por ello, ha señalado que el debate que ha existido en el seno de la Sala "responde a la realidad" porque "la sociedad española también ha contemplado este proceso de manera no homogénea y se han escuchado voces muy razonadas en la posición de facilitar el registro" de Sortu, pero también en la defendía que se "evitara" su inscripción.

El máximo representante del TSJPV ha recordado que los promotores de Sortu "han escogido el tiempo" en que presentaban su inscripción en el Registro de Partidos Políticos y ha señalado que lo podían haber hecho con anterioridad. Por ello, ha aseverado que "no se puede exigir que dicte sentencia antes de la convocatoria de las elecciones".

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