Esta es la única excepción que te librará de una fuerte multa si te saltas un STOP

Cumplir el mensaje de las señales que obligan a detenerse en las carreteras de España es una premisa muy importante para evitar accidentes y también librarse de sanciones por no respetarlas.

Una ambulancia en una foto de archivo.
Una ambulancia en una foto de archivo.
Junta de Andalucía vía Europa Press
Una ambulancia en una foto de archivo.

La circunstancia de ir conduciendo con tu coche y que por el retrovisor observes que viene un vehículo de emergencias con la sirena encendida genera estrés y nervios a muchos conductores en España, por lo que reaccionar de la manera correcta es esencial para no se produzcan posibles peligros para la seguridad vial. 

Lo que dice el Reglamento General de Circulación es que debemos retirarnos hacia un lado de la calzada para facilitar el paso del vehículo urgente y que prosiga su marcha lo más rápido posible. Pero, ¿qué ocurre si nos encontramos con una señal de STOP?

¿Es legal saltarse un stop si llevas una ambulancia  con la sirena puesta detrás?

El Reglamento General de Conducción no responde de una manera concreta a la cuestión debido a que esta circunstancia no está registrada. Según el artículo 68 que hace referencia a los vehículos de emergencias, señala que los conductores de estos pueden “dejar de cumplir bajo su exclusiva responsabilidad las normas de circulación”.

Pero la cuestión que tienen los demás conductores es si pueden realizar lo mismo al llevar un vehículo de emergencias detrás. El artículo 69 sugiere que los conductores “adaptarán las medidas adecuadas, según las circunstancias del momento y lugar, para facilitarles el paso, apartándose normalmente a su derecha o deteniéndose si fuera preciso”

En estos casos, si un agente de circulación observa que el Stop puede suponer un inconveniente a la hora de que transite el vehículo de emergencia, este procederá a guiar el tráfico para que según sus indicaciones los demás coches puedan saltarse esta señal de detención, pero solo sería legal en este caso concreto.

¿Cuál es la multa si te saltas un STOP en otras circunstancias?

Saltarse una señal de Stop es motivo de multa.
Una señal de STOP, imagen de archivo
Getty Images/iStock

La DGT cataloga esta infracción como grave, ya que viene recogida en el artículo 74 de la Ley de Seguridad Vial. En él se especifica que “no respetar la señal de stop o la señal de ceda el paso” se castigan con gravedad. 

Esto se debe al riesgo que supone saltarse estas obligaciones en la seguridad vial. Por lo que la sanción que establece la DGT supone una cuantía económica de 200 euros  y la pérdida de cuatro puntos del carnet de conducir.

¿Pasa lo mismo si te saltas un semáforo en rojo por esta circunstancia?

La respuesta es sí, podrás pasar este elemento, aunque este en color rojo sin que esto suponga ninguna multa para tu bolsillo. Siempre y cuando un agente de la autoridad te autorice a saltarte el luminoso en rojo, en los demás casos conllevará una sanción que puede ascender hasta los 200 euros y con la consecuente retirada de 4 puntos del carnet de conducir.

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