¿Colgar objetos en el retrovisor del coche es motivo de multa?

Un ambientador, una cinta decorativa o cualquier otro objeto colgado del retrovisor que obstaculice parcial o totalmente la visibilidad, puede ser motivo de multa si los agentes de seguridad consideran que se trata de una infracción. 

Retrovisor
Imagen de un retrovisor con un ambientador colgado. 
Archivo 
Retrovisor

La Dirección General de Tráfico ha vuelto a recordar una infracción que la mayoría de los conductores realizan y, sin embargo, no saben que puede implicar una sanción de hasta 200 euros si fuesen sorprendidos por los distintos agentes de Policía. El órgano presidido por Pepe Navarro se refiere a una práctica que la mayoría de gente realiza: llevar colgado un amuleto o cualquier tipo de ambientador en el retrovisor interior. 

Este hecho, que lo recoge el artículo 19 del Reglamento General de Circulación, podría ser sancionado por obstaculizar la visibilidad del conductor: ambientadores, adornos, amuletos o cualquier tipo de objeto que pueda prohibirte de observar la carretera con total normalidad. 

El retrovisor mejor siempre despejado

Un chico conduciendo su coche de segunda mano.
Un chico conduciendo su coche de segunda mano.
Pexels

La importancia de tener una superficie acristalada completamente despejada es vital para una segura conducción. Además, el Reglamento General de Circulación especifica que dicho cristal del vehículo debe permitir la visibilidad diáfana del conductor sobre toda la vía por la que circule, sin interferencias de adhesivos o láminas.

¿Qué está permitido?

Uno de los casos donde solo se permite circular con objetos es cuando utilizamos cortinillas o láminas adhesivas contra el sol. Deben ser colocadas en las ventanillas posteriores, siempre y cuando el vehículo lleve dos espejos retrovisores exteriores que cumplan con todos los requisitos técnicos de circulación. 

La multa que te puede caer por falta de visibilidad

Agente de la Policía Nacional.
Agente de la Policía Nacional.
POLICÍA NACIONAL

Por ello, cualquier objeto colocado en el retrovisor que obstaculice la visión del conductor puede ser perjudicial para una conducción segura y, por lo tanto, esta infracción será sancionada con 200 euros si el agente lo ve conveniente porque se obstaculice total o parcialmente la visibilidad.

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