Qué pasará con tu coche con etiqueta B de la DGT a partir del año que viene: estas serán las nuevas restricciones

La zona de bajas emisiones de Barcelona está ahora a la espera de aprobación judicial y, de confirmarse, los coches con etiqueta B podrían dejar de circular el año que viene por el área metropolitana.
Qué pasará con tu coche con etiqueta B de la DGT a partir del año que viene
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Qué pasará con tu coche con etiqueta B de la DGT a partir del año que viene
Qué pasará con tu coche con etiqueta B de la DGT a partir del año que viene

El sistema de distintivos medioambientales de la Dirección General de Tráfico lleva funcionando desde 2016, sin embargo, fue a partir del 2021, fue cuando la clasificación de vehículos según sus emisiones contaminantes empezó a cobrar importancia en el día a día de los conductores españoles. 

La obligatoriedad de que las ciudades de más de 50.000 habitantes implementen Zonas de Bajas Emisiones, como las de Madrid o Barcelona, condiciona la circulación de todos aquellos vehículos que no dispongan de las pegatinas Eco o 0, aunque es cierto que las B y C, aunque disfrutan de más libertades que los coches sin etiqueta o con clasificación A.

Los vehículos con etiqueta B de la DGT son aquellos de combustión interna con clasificaciones ambientales más antiguas: turismos y comerciales ligeros, clasificados en el Registro de Vehículos dentro de alguna de las siguientes categorías Euro III gasolina, Euro IV o V diésel; los vehículos de más de 8 plazas y transporte de mercancías Euro IV y los ligeros Euro II. Hablando de antigüedad, la etiqueta B es para turismos y furgonetas ligeras de gasolina de 2001 y diésel de 2006

Las restricciones son similares a las de los vehículos con etiqueta C, más modernos, y aunque es cierto que disfrutan de más libertades con los coches con pegatina A o sin ella, no pueden circular por ejemplo por las ZBE que hay activas ahora. Pueden acceder, como en Madrid, para aparcar en aparcamientos determinados, pero no pueden transitar por las áreas limitadas como de emisiones bajas. 

Los de la etiqueta B de la DGT podrían dejar de circular

Por el momento, son los coches sin distintivo medioambiental los que no podrán circular por las ZBE ni por el área metropolitana de algunas ciudades como Madrid, por lo que los coches con etiqueta B seguirán operando con normalidad. Eso sí, todavía no se sabe si los coches con etiqueta B sufrirán el mismo destino que en otras áreas. 

La zona de emisiones bajas de Barcelona, por ejemplo, está siendo revisada ahora y depende de aprobación judicial que vuelva a ponerse en vigor con las mismas restricciones de antes. En este caso, los coches con etiqueta B podrían dejar de circular el año que viene en Barcelona y los coches con pegatina C serían los siguientes, en 2030.

La Zona de Baja Emisiones de Madrid: lo que se sabe 

Desde el próximo 1 de enero de 2024, quedará prohibida toda circulación de dichos vehículos por todas las vías urbanas y públicas en la Zona de Bajas Emisiones de Madrid. Un año más tarde, es decir, a partir del 1 de enero de 2025, esta prohibición será extendida a todos los vehículos sin etiqueta, incluyendo los de residentes de la capital española tal y como indican desde la página web del Ayuntamiento de Madrid

En la actualidad, los coches con etiqueta B, sí que puede acceder a la zona de bajas emisiones, pero no pueden aparcar dentro de ellas. De este modo, hasta el 31 de diciembre de 2024 podrán acceder y circular por ZBE los vehículos con clasificación ambiental A, según su potencial contaminante, siempre que cumplan unos requisitos, como que se encuentren domiciliados en la ciudad de Madrid y figuren de alta en el padrón del Impuesto sobre Vehículos de Tracción Mecánica (IVTM) del Ayuntamiento de Madrid.

Igualmente, hasta la mencionada fecha también podrán circular los vehículos conducidos por empleados para trasladar a personas titulares de tarjeta de estacionamiento para personas con movilidad reducida si se encuentran dados de alta en el Sistema de gestión de accesos a 'Madrid Zona de Bajas Emisiones', así como los titulares de tarjeta de estacionamiento para personas de movilidad reducida.

Todos los vehículos A que no sean turismos

Por otro lado, todos vehículos A que no sean turismos, es decir, camiones, furgonetas, motocicletas, ciclomotores, y los vehículos que tengan reconocida la consideración de históricos, conforme a la normativa, también podrán circular hasta el 31 de diciembre de 2024. Sin embargo, "la circulación de todos ellos quedará prohibida el mismo 1 de enero de 2025", por lo que todos estos vehículos de etiqueta medioambiental A quedarán excluidos de entrar en las Zonas de Bajas Emisiones de Madrid.

Vehículos con etiqueta A que sí que podrán entrar en 2025

A partir del 1 de enero de 2025, los vehículos descritos no podrán acceder a Madrid 360, salvo que se trate de alguna de las siguientes excepciones:

  • Los vehículos especialmente adaptados para ser conducidos por o trasladar personas con movilidad reducida, siempre que figuren de alta en el sistema de gestión de accesos a ZBE y exhiban la respectiva tarjeta de estacionamiento.
  • Los vehículos que tengan reconocida la consideración de ‘históricos’ conforme a la normativa correspondiente (Reglamento de vehículos históricos).
  • Los vehículos de emergencias (extinción de incendios) y Fuerzas Armadas.
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