Piensa antes de subir tus imprudencias al volante a TikTok: esta es la pena de cárcel a la que te enfrentas

Con el desarrollo de las redes sociales en España, en los últimos años son muchos los con usuarios que muestran vídeos realizando conductas peligrosas e ilegales a los mandos de sus vehículos, ya sea en coche o en moto.

Imagen de uno de los vídeos que subía el joven a Tik Tok
Imagen de uno de los vídeos que subía el joven a Tik Tok
Guardia Civil
Imagen de uno de los vídeos que subía el joven a Tik Tok

Hace unos días, se conoció la noticia de que agentes de la Agrupación de Tráfico Guardia Civil habían identificado a un joven de 21 años en la comarca de la Litera (Huesca) por subir caballitos con su moto por las carreteras de la red viaria de España a TikTok.

La nota de prensa de la Benemérita rezaba que ya se estaba investigando al piloto de la motocicleta por sendos delitos contra la Seguridad Vial, ya que en ambos vídeos se observa como realiza maniobras, catalogadas como conducción temeraria por una vía convencional de esta región oscense.

¿A qué delitos te enfrentas por subir imprudencias a las redes?

En este caso, el acusado se enfrenta dos delitos por conducción temeraria contra la Seguridad Vial, es decir, uno por cada vídeo en el que aparece chuleándose a los mandos de su moto y realizando caballitos ilegales. 

En primer lugar, estos actos de virguería se consideran como infracciones muy graves por lo que desde la Dirección General de Tráfico se le impondrá una sanción de 500 euros con la consecuente pérdida de seis puntos de la licencia de conducir. Además, este tipo de maniobras al considerarse como delito contra la seguridad vial, se pasa a la vía penal con el fin de que la temeridad no quede impune

¿Cuál es la pena de prisión a la que te puedes enfrentar?

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Imagen de archivo de los juzgados de al ciudad de Cádiz

La sanción por una acción considerada como temeraria al volante siempre constituye un delito contra la seguridad vial. Por lo que las penas que se pueden aplicar vienen recogidas en el artículo 380 del Código Penal que establece “prisión de seis meses a dos años y la privación del derecho a conducir vehículos a motor y ciclomotores por tiempo superior a uno y hasta seis años”.

Por otra parte, si se considera que se circula con “manifiesto desprecio por la vida de los demás” (artículo 381), la pena será mayor. A su vez, si hay víctimas, la estancia en prisión puede llegar hasta los cinco años.

¿Cuál es la sanción por grabarse mientras conduces?

Por otra parte, sí los agentes de la Guardia Civil observan que eres tú el que toma las imágenes al mismo tiempo que te muestras con las manos en el volante, también incurres en la infracción por sujetar un teléfono móvil mientras conduces

Por lo que la sanción establecida por esta irresponsable acción por parte de la Dirección General de Tráfico (DGT) asciende a una cuantía de 200 euros y la consecuente pérdida de seis puntos del carnet de conducir.

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