El catedrático Javier Boix considera que los inspectores de Hacienda no deberían ser peritos en los juzgados

El catedrático Javier Boix asegura en un artículo recogido en el XIV Boletín de la Academia de Jurisprudencia y Legislación en Baleares que los inspectores de Hacienda no deberían ser peritos en los juzgados ya que se podría dar el caso, aunque no tenga por qué ocurrir, de que no fueran imparciales debido a su condición de empleados públicos.

El catedrático Javier Boix asegura en un artículo recogido en el XIV Boletín de la Academia de Jurisprudencia y Legislación en Baleares que los inspectores de Hacienda no deberían ser peritos en los juzgados ya que se podría dar el caso, aunque no tenga por qué ocurrir, de que no fueran imparciales debido a su condición de empleados públicos.

Según ha explicado el presidente de esta Academia, Miquel Masot, en una rueda de prensa que ha tenido lugar en el Parlament con motivo de la presentación de este Boletín, Boix hace estas declaraciones en un artículo titulado 'Reflexiones sobre la reforma del delito fiscal' enmarcado en una mesa redonda sobre la reforma del Código Penal.

Asimismo, Masot ha aseverado que aunque en la actualidad los inspectores de Hacienda realicen peritajes "no lo hacen arrimando el ascua a la Agencia Tributaria sino que actúan con imparcialidad".

Por otra parte, Masot ha hecho hincapié en la propuesta de la Academia para que todo lo dejado por una persona fallecida sin parientes se quede en Baleares. Así, ha explicado que Baleares es la única Comunidad Autónoma con Derecho Civil propio que no ha legislado acerca del supuesto en el que una persona fallezca sin parientes con derecho a heredar.

Debido a esto, ha detallado, una tercera parte de lo que deja va a parar al Estado, tal como rige el Código Civil, motivo por el cual desde la Academia de Jurisprudencia piden "una reforma" debido a que esta medida podría ser beneficiosa para las Islas en un momento de "considerable crisis económica".

Masot ha detallado que de las otras dos terceras partes de la cantidad a heredar una va a las asociaciones benéficas y culturales del municipio y la otra para este tipo de asociaciones de la isla o provincia donde vivía el fallecido.

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