El PSOE recurre la imputación porque también ve malversación y falsedad y pide que Baltar vuelva a declarar sobre ello

El recurso recoge que "se inventó" la petición de trabajadores y que algunos no trabajaron en el servicio para el que fueron pedidos

El PSOE ha presentado en la Audiencia de Ourense un recurso de apelación contra la decisión de imputar al expresidente de la institución provincial José Luis Baltar por el delito de prevaricación administrativa, pues considera que, con las pruebas reunidas durante la instrucción judicial, queda evidenciado que se le puede acusar también de falsedad documental y de malversación de fondos públicos, así que solicita que el imputado sea llamado a declarar también como presunto autor de esos delitos.

En el escrito, al que tuvo acceso Europa Press, la acusación popular ejercida por los socialistas, indica que en las declaraciones que prestó Baltar, "se inventó" la existencia de escritos de varios ayuntamientos de la provincia en los que le pedían la contratación de trabajadores "y no existen ni las solicitudes, ni las necesidades invocadas ni los informes de necesidad preceptivos", según recoge el recurso.

En relación a la malversación de fondos públicos, el escrito de recurso explica el caso concreto del Servicio de Promoción de Emprego, en el que su jefe Juan José Cerdeira hizo un informe de necesidad para solicitar tres trabajadores.

Según se expone en el recurso, de las declaraciones prestadas en el juzgado por Cerdeira, se deriva que "pidió tres personas, se contrataron nueve y a su servicio fue enviada una por lo que existen ya indicios de que fueron contratadas personas en un servicio concreto de las que no consta que prestaran servicio alguno".

"investigación cerrada en falso y apresurada"

El recurso de apelación recuerda que la instrucción se tramitó durante "escasos" cuatro meses "pasando por alto" y afirma que no puede tratar de cerrarse "una investigación en falso y de forma apresurada".

Las alegaciones que reúne el escrito de recurso se refieren a la vulneración del derecho fundamental a la tutela judicial efectiva, pues el auto judicial que cerró las diligencias previas indica que "no se puede modificar el objeto de la investigación" a no ser que se presente una querella por los otros posibles delitos cuando en realidad, según el recurso, en la propia instrucción "hay ya indicios claros de falsedad documental y de malversación de fondos públicos" Considera también que se atenta contra el principio de igualdad "al negar la posibilidad de hacer pruebas en relación a esas conductas por no ser el Ministerio Fiscal".

La acusación popular también considera vulnerados los artículos que regulan la investigación de delitos conexos o hechos relacionados entre sí, cometidos presuntamente por la misma persona querellada, según se sostiene en el texto.

En ese sentido, el PSOE considera que no es necesario presentar una nueva querella pues "no hay que investigar hechos nuevos sino los que ya obran en el proceso, relacionados entre sí y conexos, como la falsedad documental y la malversación de fondos públicos".

El escrito alude a jurisprudencia para indicar que la Constitución no obliga al juez "a cerrar los ojos ante los indicios de delito que se presenten a su vista, aunque los hallados casualmente sean diferentes a los comprendidos en su investigación oficial".

Ante los indicios, según el recurso, la ampliación de la declaración del imputado es necesaria "para redactar el escrito de calificación provisional y tener en cuenta no tanto el derecho de defensa del acusado, que también, como para acreditar los tipos penales referidos pues se trata de los mismos hechos o relacionados".

Elección del proceso

El recurso alude a la infracción de los artículos del Código Penal que se refieren al tipo de proceso aplicable según los posibles delitos cometidos y, en el caso de la imputación de José Luis Baltar, por hechos que se le imputan cuando era presidente de la Diputación de Ourense, el procedimiento abreviado, decidido por el titular del Juzgado de Instrucción Número 1 de Ourense, Leonardo Álvarez, no se ajusta a lo contemplado en el Código Penal.

Según el recurso de apelación, las posibles penas que correponderían a los delitos de prevaricación administrativa, falsedad en documento público y malversación de fondos públicos, "superan ampliamente" el límite de nueve años contemplado en el Código por lo que debe acordarse "que las diligencias previas se ajusten a los trámites del proceso sumarial ordinario".

En ese sentido, fuentes jurídicas consultadas indicaron a Europa Press que sólo el delito principal en este caso, la prevaricación administrativa, puede suponer inhabilitación de 7 a 10 años, con lo que ya podría superar el límite legal para determinar el procedimiento.

Además, a los otros dos delitos que, según la acusación del PSOE, aparecen ya en la instrucción, conllevarían penas de prisión, en ambos casos.

Por otra parte, tras el auto judicial del día 12 de abril de 2013, en el que Leonardo Álvarez abría el procedimiento abreviado para el posible juicio de José Luis Baltar, la otra acusación popular, ejercida por Manos Limpias y la defensa de Baltar, a cargo del despacho de abogados Atrio Abad, indicaron a Europa Press que estudian las posibilidades abiertas por el auto judicial, en relación a posibles recursos.

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