Ésta es una de las medidas que debe adoptar el Ayuntamiento -tendrá que someterse también al acuerdo del Pleno que se celebrará la próxima semana- como consecuencia de la revisión de los valores catastrales que ha llevado a cabo la Dirección General del Catastro, dependiente del Ministerio de Hacienda, para situar los valores de las propiedades inmobiliarias en torno al 50% del precio de mercado. La anterior ponencia data de hace 16 años.
Los ayuntamientos tienen la potestad de establecer entre un coeficiente situado entre 0.5 y 1. La propuesta del concejal Eduardo Martínez-Oliva es el 0.8, con el objetivo de contener así las consecuencias sobre las cuotas a pagar en el IBI por parte de los titulares.
Esta modificación afecta a las construcciones actualmente existentes sobre suelo rústico que tributaban como urbanas y que, a partir de esta nueva ponencia, pasan a tributar en el padrón de rústica.
Comentarios
Hemos bloqueado los comentarios de este contenido. Sólo se mostrarán los mensajes moderados hasta ahora, pero no se podrán redactar nuevos comentarios.
Consulta los casos en los que 20minutos.es restringirá la posibilidad de dejar comentarios