La Xunta anula la sanción a la alumna musulmana por usar velo al "no existir" expediente disciplinario abierto

Deberá permanecer escolarizada por el momento en el CEIP Novo de Arteixo

La Consellería de Educación e Ordenación Universitaria ha decidido "no tramitar" el traslado de una alumna musulmana del CEIP Novo de Arteixo (A Coruña), sancionada por llevar el hiyab e incumplir un reglamento interno, ya que el centro "no cumple con la legalidad necesaria" tras admitir que "no existía expediente" disciplinario abierto a la menor.

El día 3 de marzo, la inspección educativa de la jefatura territorial coruñesa solicitó el expediente disciplinario incoado a la alumna por parte del centro, con el fin de estudiar la situación que rodeaba al caso y tomar una decisión al respecto. La petición fue respondida verbalmente por el director del CEIP alegando que "no existía" dicho expediente, lo que "invalida el proceso", reconoce el departamento autonómico.

Ante estas circunstancias, la inexistencia de dicho documento provoca la nulidad de la sanción impuesta a la alumna por parte del Consello Escolar, al "hacer imposible su cumplimiento", por lo que la estudiante "debe permanecer escolarizada" en el centro hasta que, "si procede, se imponga una sanción conforme a derecho", se solicite el traslado por parte de los padres o se modifique el reglamento de régimen interno del CEIP de Arteixo.

Según indica la Ley Orgánica de Educación (LOE), corresponde al director tomar la opción que proceda para velar por el cumplimiento de las normas del centro y la Consellería recuerda que, en este caso, "no cumplió los pasos legales necesarios para la realización de expedientes disciplinarios".

El departamento dirigido por Jesús Vázquez quiso reiterar, no obstante, los pronunciamientos efectuados por el Tribunal Europeo de Derechos Humanos que manifestó "por unanimidad" en 2008 que las medidas disciplinarias "están justificadas de acuerdo con el principio de proporcionalidad cuando corrigen normas generales del centro", por lo que "no se produce violación de la libertad religiosa ni tampoco del derecho a la educación".

SÍMBOLO

La reunión del Consello Escolar del centro, celebrada el lunes 28 de febrero, tenía como único punto del orden del día las medidas a adoptar ante la insistencia de la menor de acudir a clase con el hiyab. Entre ellas, estaba la posible expulsión de la niña del centro durante tres días.

El abogado de la familia había argumentado, en contraposición, que el propio Ministerio del Interior reconoce esta prenda como un símbolo de identidad y se remite al hecho de que en su carné la menor la lleve puesta en la fotografía.

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