Un juez plantea la inconstitucionalidad de las ejecuciones hipotecarias

  • Estima que la ley debe adaptarse para evitar que los desahucios generen exclusión social.
  • Pide al TC elevar el valor de la vivienda que finalmente se quedan los bancos.
  • No cabe recurso alguno pero el TC no tiene plazo para dictar sentencia.
Miembros de la Plataforma de Afectados por la Hipoteca durante una protesta.
Miembros de la Plataforma de Afectados por la Hipoteca durante una protesta.
Andreu Dalmau / EFE
Miembros de la Plataforma de Afectados por la Hipoteca durante una protesta.

Un juez de Sabadell ha elevado al Tribunal Constitucional (TC) la normativa actual sobre desahucios y ejecución de las hipotecas por considerar que perjudica a los ciudadanos embargados al vulnerar la tutela judicial efectiva y el derecho a la vivienda.

El titular del Juzgado de Primera Instancia número dos de Sabadell, Guillem Soler, pide así al TC que estudie si es necesaria una modificación de la Ley Hipotecaria para facilitar la entrega de la vivienda con el fin de saldar la deuda hipotecaria.

El juez considera que la legislación debe adaptarse a las condiciones sociales y económicas actuales para evitar que los numerosos desahucios "generen exclusión social".

Además, en el auto se pide también al TC que contemple elevar el valor de la vivienda que finalmente se quedan las entidades financieras, dado que actualmente, después de la subasta, bancos y cajas adquieren el inmueble por el 50% de su valor inicial.

Desequilibrio contractual

El magistrado de Sabadell considera que las cláusulas hipotecarias contienen un "intenso desequilibrio contractual" entre la entidad y el cliente, y, considera, que éstos contienen "abusos" porque "no son efectivamente negociados entre las partes sino mayoritariamente predispuestos por la entidad financiera".

El juez, además, pone en cuestión que se decrete que el ciudadano haya incumplido su obligación de pago si ello no va acompañado del contexto en que se produce el impago. "Las garantías que ofrece al ejecutado la remisión legal al juicio declarativo correspondiente son tan frágiles e insubstanciales que no permiten superar el referido juicio de proporcionalidad constitucional", concluye el magistrado.

Contra el auto no cabe recurso alguno, por lo que se espera ya una resolución por parte del Tribunal Constitucional, que no cuenta con un plazo determinado para dictar sentencia.

De esta forma, el TC tendrá que dirimir la contradicción creada por dos secciones de la Audiencia Provincial de Navarra, que emitieron un auto a favor de la entrega de la vivienda para saldar la deuda hipotecaria y otro que concluyó lo contrario.

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