La futura Ley de Mediación cántabra puede llegar a reducir un tercio los asuntos que reciben los tribunales

Cantabria, primera Comunidad que aprueba un proyecto de aplicación en todas las jurisdicciones
Mediavilla presenta la Ley de Mediación
Mediavilla presenta la Ley de Mediación
EP/GOBIERNO DE CANTABRIA
Mediavilla presenta la Ley de Mediación

La Ley de Mediación que tramita actualmente Cantabria puede llegar a reducir en un tercio el número de asuntos que ingresan los tribunales de la región, según las estimaciones del consejero de Presidencia y Justicia, Vicente Mediavilla.

El consejero ha presentado en rueda de prensa el proyecto de ley, aprobado este jueves por el Consejo de Gobierno y que ahora comienza su tramitación parlamentaria. Según ha destacado, Cantabria es la primera comunidad autónoma que impulsa una norma en este ámbito que resulta aplicable en todos los órdenes jurisdiccionales: civil, social, penal y contencioso-administrativo.

De esta forma, a diferencia de las diez comunidades que cuentan con una norma en esta materia, la normativa cántabra resulta más ambiciosa, dado que su ámbito de aplicación supera el ámbito familiar y civil, previsto hasta el momento, y extiende la cultura de la mediación a la resolución extrajudicial de conflictos pertenecientes también a las jurisdicciones penal, social y contencioso-administrativo.

Es decir, será aplicable a cualquier conflicto o litigio en el que las partes implicadas traten de alcanzar voluntariamente por si mismas un acuerdo sobre la resolución de su controversia con la asistencia de un mediador profesional.

Mediavilla ha señalado que esta Ley posibilitará el "acuerdo frente a la controversia" y supondrá un "doble beneficio". Por un lado, posibilitará una vía "más rápida y más ágil en la que primará el entendimiento" para que los ciudadanos solucionen sus conflictos.

Por otro lado, supondrá un "beneficio para la propia Administración de Justicia", de forma que muchos de los conflictos judicializados se puedan resolver a través de la participación de un mediador.

En esta línea, ha subrayado también que una "adecuada potenciación" de esta norma puede suponer que "un tercio de los litigios jurídico-civiles se puedan resolver a través de la mediación".

Únicamente quedan excluidos de la mediación cualquier asunto en el que exista violencia o maltrato sobre la pareja o ex pareja, hijos, cualquier miembro de la familia o grupo convivencia u otras actuaciones que permitan presumir que el consentimiento para dicha mediación no será real y voluntario. Asimismo, se excluyen de la mediación, los supuestos en que, a juicio del mediador competente, las partes no se encuentren en un plano de igualdad.

El Gobierno de Cantabria ha querido elaborar una norma de carácter integral al considerar la mediación una oportunidad para la reducción de la pendencia de asuntos y la racionalización de los servicios públicos en la Administración de Justicia, que ve cómo cada año se incrementan los litigios. Sólo durante el pasado año, entraron en los juzgados cántabros más de 110.000 asuntos. Cuestiones todas ellas que con la nueva Ley se podrán solucionar antes de acudir a los tribunales.

Para la elaboración de esta Ley, la Consejería de Justicia ha contado con la participación del Consejo General del Poder Judicial, junto a los colegios profesionales, entidades públicas y asociaciones relacionadas con la materia.

Materias de mediación

Mediavilla ha explicado que Ley de Mediación posee un carácter "generalista", que se representa en sus amplios ámbitos de actuación. Así, en el ámbito civil, los ciudadanos podrán acudir a la mediación en situaciones de conflicto en las nulidades matrimoniales, separaciones o divorcios. También podrá utilizarse en los casos de ruptura de la convivencia en las parejas de hecho, así como en casos de liquidación de los regímenes económicos matrimoniales.

Dentro de este área, se engloban también las cuestiones de filiación, adopción y acogida, los ejercicios derivados de la patria potestad y de la custodia de hijos, así como los conflictos relacionados con las pensiones alimenticias entre parientes.

En esta línea, la Ley dará cobertura a los litigios en la liquidación de comunidades de bienes entre miembros de una familia y en cuestiones relativas a la sucesión hereditaria.

Además, podrán acogerse a él los conflictos en asociaciones y fundaciones, los litigios en materia de derechos reales como propiedad, posesión o aquellos surgidos en materia de propiedad horizontal, intelectual o industrial. Finalmente, la norma actuará también en materia de obligaciones y contratos y en las cuestiones de tráfico y vehículos a motor.

En el ámbito penal, el proyecto de Ley de Mediación se aplicará en los supuestos de conformidad en la instrucción del enjuiciamiento rápido de determinados delitos, al inicio del juicio oral, en los delitos y faltas perseguibles, únicamente en caso de querella del ofendido o en los litigios donde el perdón del ofendido opere como causa de extinción de responsabilidad penal. Mediavilla ha explicado que la mediación también podrá aplicarse en los casos de responsabilidad civil accesoria al delito o falta.

El Gobierno de Cantabria ha introducido una "novedad", en el ámbito administrativo, —supuestos en los que una de las partes es la Administración Pública—. En estos casos, estarán sujetas a esta ley los conflictos en contratos privados, la determinación de cuantías indemnizatorias relacionadas con la Administración y su modo de pago, así como la ejecución de actos administrativos en la medida que la norma sectorial lo permita.

Por último, el proyecto de Ley de Mediación engloba también los conflictos en material social, relacionados, por ejemplo, con la concreción de vacaciones, clasificación profesional, modificación de condiciones sustanciales de los trabajadores, así como en materia de indemnizaciones en caso de extinción de la relación laboral.

Observatorio de mediación

En el texto se regula todo el procedimiento y los derechos de las partes en el proceso de mediación para el cual se fija además un plazo máximo de duración del proceso, que no podrá exceder de tres meses, contados desde la reunión inicial, un tiempo se estima como suficiente para revelar las posibilidades de éxito de la institución.

El proyecto de ley prevé también la creación de un Observatorio de Mediación de Cantabria, con la misión de asesorar y apoyar en esta materia.

La Consejería de Justicia será el órgano competente en materia de mediación y entre sus funciones está la de garantizar el acceso de todos los ciudadanos a los servicios de mediación; gestionar el Registro de personas mediadoras; ejercer la potestad sancionadora; gestionar las quejas interpuestas por los mediadores o usuarios del sistema, y aprobar los requisitos de formación o de experiencia necesarios para obtener la cualificación de persona mediadoras, entre otras.

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