La Audiencia declara firme la desestimación del recurso de Cullera contra el trasvase, según acuaJúcar

La Audiencia Nacional ha comunicado a la sociedad estatal Aguas del Júcar, S.A. (acuaJúcar) que declara firme la sentencia dictada el pasado 3 de diciembre de 2009 en la que desestima el recurso interpuesto en su día por el Ayuntamiento de Cullera (Valencia) contra las obras del tramo A de la conducción Júcar-Vinalopó, según ha informado esta sociedad en un comunicado.

La Audiencia Nacional ha comunicado a la sociedad estatal Aguas del Júcar, S.A. (acuaJúcar) que declara firme la sentencia dictada el pasado 3 de diciembre de 2009 en la que desestima el recurso interpuesto en su día por el Ayuntamiento de Cullera (Valencia) contra las obras del tramo A de la conducción Júcar-Vinalopó, según ha informado esta sociedad en un comunicado.

Al respecto, ha explicado que transcurrido el plazo legal para que el consistorio interpusiera el recurso correspondiente contra la mencionada sentencia, la Audiencia Nacional da "carpetazo definitivo" a la demanda interpuesta por el Ayuntamiento de Cullera contra el trasvase.

Según explica acuaJúcar, el primer tramo del Júcar-Vinalopó, el tramo A, recorre los términos municipales de Cullera y Llaurí, desde el punto de toma en el Azud de la Marquesa hasta la Sierra de Corbera, alrededor de 9 kilómetros de tubería. En el mencionado tramo se han construido además tres infraestructuras básicas para el trasvase: la obra de captación, la estación de bombeo y la balsa de Panser. Su presupuesto ronda los 40 millones de euros.

Son precisamente estas obras, las del tramo A, sobre las que se pronunció a finales del pasado año la Sección 1ª de la Sala de lo Contencioso-Administrativo de la Audiencia Nacional, tras el recurso interpuesto por el Ayuntamiento de Cullera al considerar éste que se habían producido modificaciones sustanciales en el proyecto constructivo que hacían necesaria una nueva declaración de impacto ambiental.

Sin embargo, la Audiencia Nacional ha desetimado el recurso, y señala además que la modificación del trazado del trasvase por el municipio de Cullera, especialmente a su paso por la zona del marjal, "aprovecha los caminos existentes y tiene una afección similar a la prevista por la DIA, incluso inferior", por lo que considera que "no se producen impactos adversos significativos diferentes a los señalados en la declaración inicial de impacto ambiental". Esta sentencia de la Audiencia Nacional ya es firme.

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