Un juzgado de A Coruña condena a 3 meses de prisión a un hombre por agredir a su hijo por bajo rendimiento escolar

El Juzgado de lo Penal número 1 de A Coruña ha condenado a un hombre de 40 años, vecino de esta ciudad, a una pena de 3 meses y un día de prisión por agredir su hijo, de 13 años, por bajo rendimiento escolar, según recoge la sentencia, a la que ha tenido acceso Europa Press.

El Juzgado de lo Penal número 1 de A Coruña ha condenado a un hombre de 40 años, vecino de esta ciudad, a una pena de 3 meses y un día de prisión por agredir su hijo, de 13 años, por bajo rendimiento escolar, según recoge la sentencia, a la que ha tenido acceso Europa Press.

Los hechos se produjeron el 18 de junio de este año cuando el acusado fue a recoger a su hijo al instituto donde cursaba estudios de Primero de ESO.

Según recoge la sentencia, al preguntarle si había presentado un trabajo del que dependía una nota "y entender que el menor le ocultaba datos o mentía, le golpeó en la cara, en la pierna izquierda, en la cabeza en el cuello y en el costado". Además, considera probado que también le zarandeó en el ascensor del inmueble de su casa.

Por estos hechos, el juez le condena a una pena de 3 meses y un día de prisión por un delito de lesiones en el ámbito doméstico y a la prohibición de tenencia de armas durante un año. Sin embargo, rechaza la orden de alejamiento del menor durante 1 año y 3 meses planteada por el ministerio público.

Así, considera probada la agresión, tanto por el informe de urgencias del hospital donde fue atendido el menor, como por el informe forense o las fotografías de las heridas realizadas por el Cuerpo Nacional de Policía.

El juez argumenta que el joven fue golpeado "indiscriminadamente en diferentes partes del cuerpo" y califica de "desproporcionada" la reacción del acusado, para el que la defensa pedía la absolución.

"hecho puntual"

No obstante, descarta la orden de alejamiento a una distancia inferior a 500 metros solicitada por el fiscal ya que entiende que se trató "de un hecho puntual". Así, afirma que no está acreditado "que el acusado sea un maltratador habitual o que hubiese cometido hechos similares con anterioridad a sus hijos".

Además, tiene en cuenta que el menor, que no declaró en el juicio, "expresó su deseo de permanecer con su padre" y descarta que haya indicios de que fuese "coaccionado". También argumenta que las lesiones, "pese a su importancia, no son demostrativas de una agresión brutal" y añade que los hechos suponen "un hecho puntual" de un padre "que pierde el control ante las mentiras de su hijo".

Por ello, recomienda que se establezcan "controles" y se dote al acusado "de la formación adecuada y programas de apoyo de habilidad para ejercer la patria potestad", argumenta el juez en su sentencia.

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