El Consistorio aprueba una ordenanza que prohibirá a las bicicletas circular por la acera

  • El Ayuntamiento de Madrid reforma la ordenanza de Movilidad.
  • Los coches no podrán superar 30 km/h en calles donde circulen bicis y deberán guardar al menos 5 metros cuando circulen detrás de una.
  • Se podrán presentar alegaciones durante los próximos 30 días.
Un grupo de ciclistas, ante la madrileña Puerta de Alcalá.
Un grupo de ciclistas, ante la madrileña Puerta de Alcalá.
JORGE PARÍS
Un grupo de ciclistas, ante la madrileña Puerta de Alcalá.

Adiós a las bicicletas en las aceras y en las zonas peatonales. La nueva ordenanza de Movilidad del Ayuntamiento de Madrid, cuyo proyecto ha sido aprobado este jueves, prohibirá la circulación de ciclistas en las áreas reservadas a los peatones, una de las medidas contempladas por los cuatro nuevos artículos que se han incluido en el texto aprobado en 2005.

Asimismo, la nueva normativa obliga a los coches a mantener una distancia de al menos cinco metros con las bicicletas, les prohíbe adelantar a las bicicletas dentro del mismo carril y superar los 30 km/h en las calles por las que también circulen bicis. En las zonas de prioridad peatonal, si la distancia entre el ciclista y el viandante no es de un metro como mínimo, el primero deberá descender de su vehículo y circular andando.

Estas normas se desprenden de la inclusión de cuatro nuevos artículos en la Ordenanza de Movilidad que regulan la circulación de este medio de transporte. Cinco años después de que se aprobara la actual ordenanza -el 26 de septiembre de 2005- el Ayuntamiento aprueba inicialmente un proyecto que la modifica. Esta nueva ordenanza regulará las zonas por donde podrán circular las bicicletas en Madrid así como los comportamientos que deberán adoptar los ciudadanos, con el objetivo de fomentar el uso de este medio de transporte menos contaminante y más saludable.

Los ciudadanos, asociaciones y otras entidades públicas y privadas podrán presentar alegaciones a la nueva ordenanza durante los próximos 30 días. Si ésta no se presentan, se aprobará con carácter definitivo y se remitirá al Pleno para su tramitación. Los cambios afectan a 26 artículos y suponen la incorporación de siete nuevos preceptos y la supresión de 9. Aunque las modificaciones más importantes afectan a la circulación de bicicletas, también hay novedades para la carga y descarga, los transportes especiales y las infracciones.

Según el nuevo texto, en la calzada, las bicis circularán ocupando la parte central del carril y, en las vías con más de un carril, circularán siempre por el de la derecha, mientras que en caso de existir carriles reservados a otros vehículos lo harán en las mismas condiciones por el carril contiguo. Se prohíben los adelantamientos de bicicletas dentro del mismo carril de circulación y, salvo en las zonas habilitadas al efecto, se prohíbe la circulación de bicicletas por las aceras y demás zonas peatonales.

En las calles de prioridad peatonal los vehículos deberán ir a una velocidad moderada y los peatones tendrán siempre prioridad. En caso de que el vehículo sea una bicicleta, si la distancia entre el ciclista y los peatones no puede ser como mínimo de un metro, el ciclista deberá descender de su vehículo y circular andando para garantizar la seguridad de los peatones.

Preferencia y seguridad

En las aceras-bici, los peatones tendrán preferencia para atravesarlas transversalmente cuando accedan a la banda de estacionamiento, parada de transporte público o calzada. Por el contrario, en los carriles-bici la prioridad de paso es de las bicicletas, y sólo se podrán atravesar transversalmente y por los pasos de peatones señalizados al efecto.

Respecto al estacionamiento de las bicicletas, se garantiza el tránsito de personas que cuenten con alguna discapacidad o problema de movilidad, y se incluye la prohibición de estacionamiento de bicicletas privadas en los espacios destinados a las bicicletas públicas. El nuevo texto regula también el equipamiento de la bicicleta tanto de día como de noche o en condiciones climatológicas adversas.

El nuevo documento incluye dos nuevos aspectos respecto al aparcamiento de motocicletas: estos vehículos, y aunque la acera tenga una anchura superior a 6 metros, sólo podrán aparcar en una única fila situada lo más cerca posible de la calzada. Y si existe un aparcamiento regulado para motos no podrán aparcar en la acera en una distancia mínima de 100 metros. Las nuevas normas afectan también a la carga y descarga. Se establece un tiempo máximo de 30 minutos para el estacionamiento en las reservas de este tipo.

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