Casi 27.000 parados, divorciados y empresas en quiebra cántabros están en el punto de mira de Hacienda, según Gestha

Los Técnicos de Hacienda denuncian actuaciones fiscales 'disparatadas' sobre los colectivos más azotados por la crisis
Casi 27.000 parados, divorciados y empresas en quiebra cántabros están en el punto de mira de Hacienda, según Gestha
Casi 27.000 parados, divorciados y empresas en quiebra cántabros están en el punto de mira de Hacienda, según Gestha
Reuters
Casi 27.000 parados, divorciados y empresas en quiebra cántabros están en el punto de mira de Hacienda, según Gestha

Casi 27.000 parados, divorciados y empresas en quiebra cántabros están en el punto de mira de Hacienda, según los Técnicos del Ministerio de Economía y Hacienda (Gestha), que advirtieron hoy de que la crisis financiera está produciendo situaciones "ciertamente disparatadas" con la Hacienda Pública que, en lugar de cambiar su 'modus operandi' para adaptarlo a la crisis, "sigue investigando a los colectivos más perjudicados en su economía mientras descuida otras vías de recaudación más eficaces y justas como la lucha contra la economía sumergida y los grandes defraudadores".

Gestha denunció esta actitud por considerarla una estrategia "equivocada, injusta e ineficiente" que afecta en Cantabria en concreto a 26.906 desempleados, divorciados y empresas en quiebra, entre otros.

En lo referente a la presión sobre los más perjudicados por la crisis, los Técnicos del Ministerio ponen como primer ejemplo la situación de la mayoría de los más de 25.000 desempleados cántabros que cobraron en 2009 prestaciones por desempleo, aquellos que percibieron más de 1.500 euros en el conjunto del año, normalmente sin retenciones. En estos casos —dice— el límite para no estar obligado a declarar el Impuesto sobre la Renta baja a los 11.200 euros de ingresos íntegros, desde los 22.000 euros si hay sólo un pagador.

En segundo lugar, Gestha se refiere a los casos de las personas que pierden su vivienda al no poder pagar la hipoteca, a pesar de la moratoria de dos años en el pago de la mitad de su cuota hipotecaria, hasta un máximo de 500 euros mensuales, aprobada a partir del 1 de enero de 2009 para los parados y trabajadores autónomos que hayan cerrado su negocio o reduzcan sus ingresos.

En estas situaciones, explica que si el precio de la subasta o la deuda, incluidos los intereses moratorios, indemnizatorios y costas, supera el precio escriturado de la vivienda, Hacienda considerará que "el desalojado ha obtenido una ganancia patrimonial", y le exigirá entre un 19% y un 21%. Según los últimos datos provisionales del INE, entre enero y marzo las quiebras familiares aumentaron un 4,6% en comparación con el mismo periodo del año anterior.

Gestha denuncia igualmente que Hacienda ha encontrado "un filón" en los más de 1.547 casos de separaciones y divorcios producidos en Cantabria, dado que en España se producen más de 13 rupturas por hora, —entre 2001 y 2006 crecieron más de un 277%, lo que nos situó entonces al frente de la Unión Europea, según el Instituto de Política Familiar—.

Según explica, en los casos en que el principal bien de la pareja es la vivienda hipotecada, el cónyuge que se adjudica la vivienda solicitará un préstamo para pagar a su ex pareja la mitad correspondiente. Realizada esta liquidación, Hacienda considerará que "el ex cónyuge, que ha vendido la mitad, ha obtenido una ganancia patrimonial", y le reclamará entre un 19% y un 21%.

Pero los Técnicos de Hacienda advierten que estas situaciones "disparatadas" no son exclusivas de las personas, sino que también afectan a más de 190 empresas cántabras. Así, dicen, aquellas sociedades que entraron en proceso concursal en Cantabria durante el pasado año padecen situaciones "absurdas" en las que, en caso de llegar a un acuerdo con quita a los acreedores -ya que se supone que no puede pagar-, Hacienda le imputará un "beneficio a distribuir en varios ejercicios" que tributará en el Impuesto sobre Sociedades.

Esta situación se reproduce en las daciones en pago de deudas, que son operaciones en las que el deudor que no tiene liquidez entrega un bien para pagar una deuda, y en las disoluciones societarias provocadas por una insolvencia definitiva, según Gestha.

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