Según la sentencia, facilitada a Europa Press por la asociación de El Defensor del Paciente, cuyos servicios jurídicos han defendido a la perjudicada, dicha paciente acudió en 2006 a una franquicia en Sevilla de esta cadena para que le colocasen implantes dentales, "más actuales y estéticos que la prótesis fija que portaba".
Tras varias idas y venidas y la extracción y colocación de los implantes, el tratamiento fracasó, motivo por el cual en el año 2008 le manifiestan que los implantes se movían y que no tardarían en fenestrar, debiendo ser retirados.
Frente a esta contingencia, la sentencia equipara ahora el tratamiento dispensado a un contrato de obra, "en el que no se consigue el resultado contratado", lo que, a juicio del Defensor del Paciente, se traduce en que queda probado la "mala praxis y defectuosa información —dispensada— a la paciente".
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