Ayuntamiento aprueba próximo pleno exposición pública de la modificación puntual del PGOU para instalar Ikea

La Junta de Gobierno Local del Ayuntamiento de Alicante aprobó hoy la petición de Ikea y Viviendas Sociales del Mediterráneo de la modificación puntual número 31 del vigente Plan General de Ordenación Urbana (PGOU), para la instalación del centro comercial en el Plan Parcial de Rabassa. Tras este trámite, el próximo pleno, del 29 de enero, aprobará someter a exposición pública esta modificación.

La portavoz del equipo de Gobierno, Marta García-Roméu, explicó hoy esta petición, formulada por la vía de urgencia, es un trámite de planeamiento que permitiría la instalación de la compañía sueca, siempre y cuando se levantara la suspensión cautelar de la ejecución del plan. Además, apuntó que la aprobación de este trámite conlleva, a su vez, que en el próximo pleno se aprobará la exposición pública de esta modificación.

Las mercantiles han presentado la documentación para la propuesta de una implantación de un centro comercial en el sector de las Lagunas de Rabassa. En concreto, lo que demandan Ikea y Viviendas Sociales del Mediterráneo es "introducir variaciones en el artículo de las normas urbanísticas que regulan las características de los usos comerciales y los emplazamientos de los centros, según su tamaño: una, relativa a permitir la ubicación de grandes centros comerciales con fachada a la Autovía de Circunvalación, y otra, relativa a la forma de cómputo de edificabilidad en determinados elementos de los centros comerciales".

Así, según los informes presentados, las empresas indican que "la implantación del centro comercial que se pretende —del que no se indican las características básicas en la documentación presentada— no resuelta viable en ese emplazamiento, según el vigente PGOU, aunque sí lo sería según las determinaciones del Plan General Revisado, que prevé la implantación de un centro cívico en el sector Lagunas de Rabassa".

La modificación puntual del plan general, según agrega la propuesta de acuerdo, es sólo relativa a la posibilidad de ubicación de un centro comercial de la máxima categoría superficial en el sector Lagunas de Rabassa, suprimiendo la propuesta de cómputo de edificabilidad y difiriéndola a las ulteriores modificaciones del plan parcial".

Además, según propone, "para paliar el impacto que esa implantación podría tener en la estructura comercial de municipio, esta modificación contiene la prohibición de instalación de más hipermercados, por considerar que es un formato hoy bastante extendido en el municipio, y que, con el admitido en esta modificación, quedarían atendidas holgadamente las necesidades de esa especialidad comercial, cuya proliferación llevaría a una situación de saturación, que no sería buena para nadie".

No obstante, la gerencia advierte de que recientemente se ha dictado por el Tribunal Superior de Justicia de la Comunitat Valenciana (TSJCV) dicto un autor de suspensión cautelar de la ejecución del plan parcial. "Si bien la presente modificación puntual no tiene por qué verse afectada por tal resolución, pues se trata de una actuación de planeamiento tampoco debe obviarse", en el sentido de "manifestar expresamente el acatamiento a ella y de advertir que cualquier actuación de ejecución del referido plan queda supeditada a un eventual alzamiento de la suspensión".

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