El tribunal jurado de la Audiencia de Las Palmas consideró este lunes no culpable de asesinato a la mujer esquizofrénica que mató a su bebé de cinco meses al arrojarlo por un barranco de Fuerteventura en mayo de 2008, al considerar que su estado de salud mental la exime de responsabilidad.
El jurado popular emitió su veredicto después de que el abogado de la defensa, ejercida por Alfonso Alemán, llegara a un acuerdo con el fiscal sobre el tiempo de internamiento de la acusada, Mariana Rivara, en un centro psiquiátrico penitenciario, que ambos han solicitado que no sea superior a los 15 años.
El fiscal, que en un principio pedía 20 años de internamiento, también aceptó eliminar la indemnización fijada en 100.000 euros en concepto de responsabilidad civil y suprimir el agravante de parentesco.
Tres víctimas en el proceso
El abogado de la defensa señaló que en este proceso ha habido "tres víctimas: el niño, la madre y el padre" y no se trataba de una cuestión de dinero. El marido de la acusada, Rubens Daniel Mancione, lo ha pasado igual de mal que su mujer, a la que va constantemente a ver a la prisión, aseguró el abogado.
El letrado informó de que se ha pedido que la revisión sobre la situación de internamiento sea anual para que su clienta pueda quedar libre una vez que su estado mejore.
En Canarias no existe centro psiquiátrico penitenciario, por lo que se le trasladará a la Península para su internamiento.
La acusada, que reconoció los hechos ante el tribunal, tenía totalmente anuladas sus capacidades de conocimiento y voluntad cuando lanzó al niño por el barranco, porque estaba convencida de que la perseguían y la querían matar, ya que actuó en pleno brote psicótico.
El bebé sufrió un traumatismo craneoencefálico severo que le originó su muerte dos días después.
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