La Conselleria de Sanidad pagará 72.000 euros tras la muerte de un niño por asfixia

  • Los hechos ocurrieron en el año 2007.
  • El niño ingresó cadáver en Urgencias tras dos visitas al centro de salud.

El Consell Jurídic Consultiu (CJC) ha instado a la Conselleria de Sanidad a pagar un total de 72.121,45 euros a los padres de un niño de dos años que falleció por asfixia después de que los médicos no le trataran correctamente la infección con inflamación aguda de las vías respiratorias y consiguiente obstrucción que presentaba.

Así consta en un dictamen del CJC de 2007 consultado por Europa Press, que estima la reclamación formulada por los padres del menor y declara la responsabilidad patrimonial de la Generalitat.

Los hechos tuvieron lugar el 3 de noviembre de 2002 cuando, sobre las 12.00 horas, la madre del niño lo llevó al consultorio de Pediatría de un centro sanitario ya que presentaba graves problemas respiratorios. Allí, en la exploración se le diagnosticó 'distress respiratorio' y se le prescribió un tratamiento con antitérmicos y corticoides inhalados, indicados para estos casos.

Los médicos comunicaron entonces a la madre que debía acudir sobre las 16.00 horas nuevamente al centro para continuar con el tratamiento, y así lo hizo, por lo que se le volvió a suministrar al menor la segunda dosis de aerosol. Durante esta consulta, según consta en varios informes, continuó sin ningún síntoma de gravedad ni de empeoramiento respecto a la primera visita. Una vez en el domicilio, como el niño no mejoraba, su madre lo trasladó al servicio de Urgencias del centro, pero llegó ya cadáver.

Según el informe pericial, frente a lo que exponían otros estudios médico-forenses, o de especialistas, en la historia clínica del niño no se mencionaba su estado general ni se describía si había o no alteración de las constantes vitales, especialmente la frecuencia cardiaca y respiratoria. Tampoco se informaba de la temperatura del niño, siendo que desde el día de antes tenía fiebre elevada (39º).

Estima, asimismo, que el diagnóstico de infección respiratoria aguada es "impreciso" y "ambiguo" puesto que podía incluir tanto un leve resfriado común como una grave neumonía, entre otras muchas afecciones; que tampoco existió una pauta de tratamiento. Con todo, el CJC considera que no se aplicó la medida terapéutica adecuada dada la gravedad de la patología respiratoria, a juzgar por el desenlace del fallecimiento pocas horas después de la última asistencia médica.

Así, concluye que el niño, según los informes emitidos por el médico inspector y el médico forense, debió recibir una mejor asistencia facultativa por parte de los servicios sanitarios en general, pues puntualiza que si el centro de salud en el que fue asistido no disponía de los medios adecuados para el tratamiento de su dolencia, debió ser remitido a un hospital, "donde hubiera podido recibir las atenciones que exigía la gravedad de la infección respiratoria que sufría".

A su juicio, el cuadro infeccioso que relata el informe forense con la inflamación aguda de las vías respiratorias y consiguiente obstrucción de éstas "tuvo que ser advertido en el centro de salud" y, al no ser así, "se puede afirmar que la actuación sanitaria no se desarrolló de acuerdo a la 'lex artis ad hoc'" y, consecuentemente, "se produce una relación de causalidad con resultado dañoso".

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