Absuelta porque vendía falsa ropa de marca tan mal copiada que no podía timar a nadie

  • Los artículos "carecían de aptitud" que indujese al "error" a los clientes que los adquirían.
  • La sentencia argumenta que la ropa ofertada en la tienda de la acusada no alcanzaban el "grado de semejanza" con los originales.
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La Audiencia Provincial de Almería ha absuelto a la propietaria de un establecimiento comercial procesada por la venta de prendas de vestir falsificadas al considerar que, pese a llevar los signos distintivos de tres reconocidas firmas de moda, los artículos "carecían de aptitud" que indujese al "error" a los clientes que los adquirían.

La sentencia argumenta que la ropa y complementos ofertados en la tienda de la acusada, vecina del término municipal de Adra, no alcanzaban el "grado de semejanza" con los originales que requiere la imputación de un delito contra la propiedad intelectual, por lo que desestima el recurso elevado por el Ministerio Fiscal y valida el fallo en primera instancia.

Primeras marcas

El tribunal asume, a la vista del informe pericial adjunto a la causa, que el eventual cliente de este comercio era "consciente" de no estar ante un producto auténtico dada la "incapacidad" para imitar la marca, por lo que no media "engaño" en su adquisición, que justifica en un precio "generalmente atractivo" para el comprador.

Los hechos se remontan a enero de 2005 cuando, durante una inspección en el establecimiento regentado por la procesada, se intervinieron un centenar de prendas falsificadas de las marcas Lacoste, Tommy Hilfiger y Burberry Limited, cuyo valor fue cifrado en casi 1.000 euros.

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