En junio la reducción de retenciones es lineal, 200 euros o una cantidad inferior si la retención que se fuese a practicar antes de la entrada en vigor de la medida fuera inferior a este importe.
La Agencia Tributaria ha enviado una carta informativa a los obligados a retener explicándoles la novedad normativa y el procedimiento que se debe seguir para aplicarla.
Sólo los que obtengan rendimientos del trabajo
Al establecerse los efectos de esta deducción a partir del 1 de enero de 2008, la deducción de 400 euros no resulta aplicable en la Campaña de Renta 2007 y sólo afecta a los contribuyentes que obtengan rendimientos del trabajo (incluidos pensionistas) y de actividades económicas en los términos previstos en la norma.
Así, para trabajadores y pensionistas, en la nómina de junio las retenciones se reducirán en 200 euros, como máximo, mientras que en las nóminas de julio a diciembre habrá una disminución del tipo de retención en la cuantía necesaria para completar los 400 euros.
Para empresarios y profesionales, habrá una reducción de hasta 200 euros en el pago fraccionado del segundo trimestre de 2008, y de 100 euros en los pagos fraccionados de cada uno de los dos trimestres siguientes.


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