El Decreto Foral 201/2002, de 23 de septiembre, por el que se regula el horario general de espectáculos públicos y actividades recreativas "faculta a los ayuntamientos a autorizar horarios especiales durante la celebración de las fiestas populares de su localidad y en las de Navidad y Semana Santa", ha explicado el Consistorio en una nota.
Los bares y cafeterías podrán permanecer abiertos con música hasta las 6 horas de la mañana los tres días, es decir, 25 de diciembre, 1 y 6 de enero. Los bares especiales y cafés-espectáculo podrán permanecer abiertos con música hasta las 6 de la mañana los días 25 de diciembre y 6 de enero y hasta las 7 de la mañana el 1 de enero. Podrán estar abiertos sin música hasta las 11 horas esos mismos tres días.
Las discotecas, por su parte, podrán abrir hasta las 8.30 horas los días 25 de diciembre, 1 y 6 de enero; los restaurantes hasta las 4.30 horas esos mismos días y las salas de bingo hasta las 5 horas de la madrugada esas tres noches.
Para el resto de horarios y emisión de música durante los citados días, se estará a lo dispuesto en el Decreto Foral 201/2002, de 23 de septiembre, y en el Decreto Foral 656/2003, de 27 de octubre, que lo modifica.
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