El Govern convoca dos nuevas ayudas para la diversificación de las rentas de los agricultores

  • El Govern ha publicado en el Boletín Oficial (BOIB) dos nuevas convocatorias de ayudas a agricultores para la creación de nuevas empresas e inversiones relacionadas con las actividades no agrícolas en el medio rural.
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JUNTA DE EXTREMADURA
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Ambas se encuentran dentro del Programa de Desarrollo Rural (PDR), según la Conselleria, y van destinadas a actividades no agrarias o complementarias en el medio rural relacionadas con la naturaleza, el turismo, la artesanía, la etnología y las actividades educativas, de ocio, cinegéticas, forestales y ecuestres, entre otras.

El objetivo es fomentar la diversificación de las rentas de los payeses, que podrán impulsar actividades complementarias a la actividad agraria, compatibles con la conservación del paisaje y del medio ambiente.

La diferencia entre estas ayudas y las actividades que describe la Ley agraria sobre actividades complementarias es que, con respecto a los alojamientos turísticos, solo pueden optar a la subvención los proyectos empresariales turísticos de ocho plazas de alojamiento como máximo.

La medida 6.2, de creación de empresas para actividades no agrarias en el medio rural, consiste en una línea de 450.000 euros destinada a la creación de empresas de actividades complementarias a la actividad agraria en el medio rural.

Para optar a ella hay que ser titular de una explotación agraria o de un predio forestal de más de 25 hectáreas. La ayuda consiste en una prima única de 30.000 euros por beneficiario que puede llegar hasta 45.000 euros en determinados casos (se puede incrementar 10.000 euros para explotaciones situadas dentro de Red Natura 2000, como zonas de especial protección para las aves (ZEPA) u otras figuras de protección 5.000 euros más en caso de que se incluyan diferentes actividades en el mismo proyecto).

Los solicitantes tienen que presentar un plan empresarial que contenga una descripción de la situación inicial y de la actividad nueva e información sobre las inversiones, la formación y el asesoramiento y demostrar el grado de viabilidad económica de la nueva empresa. La convocatoria se resolverá por concurrencia competitiva.

Con respecto a la otra medida publicada, la 6.4, de inversiones no agrarias en el medio rural, es una línea destinada a inversiones en actividades complementarias a la actividad agraria en el medio rural para la cual se dispone de un presupuesto de 450.000 euros.

Los beneficiarios tienen que ser titulares de una explotación agraria o de un predio forestal de más de 25 hectáreas, de una empresa forestal, de derechos cinegéticos o de un centro de pupilaje equino u otras instalaciones de ganado caballar. También pueden optar los titulares de una actividad de diversificación, complementaria a la agraria, que esté en funcionamiento.

Los solicitantes de la ayuda tienen que presentar un plan empresarial que incluya una descripción de la actividad e información sobre las inversiones, los gastos y las previsiones de ingresos y demostrar el grado de viabilidad económica.

Las actuaciones subvencionables son la construcción o la mejora de bienes inmuebles, la compra o el arrendamiento de maquinaria y equipamientos, gastos generales y otras inversiones intangibles (software, licencias, marcas registradas, etc.)

La cuantía de la ayuda es del 30% de los gastos elegibles hasta un máximo de 70.000 euros por beneficiario.

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