De esta forma, la sección tercera de la sala de lo contencioso-adminitrativo del Tribunal Supremo ha desestimado el recurso de la Generalitat Valenciana contra el acuerdo del Consejo de Ministros, de 4 de marzo de 2016, de repercutir a esta autonomía la responsabilidad exclusiva del pago de la multa de 18,93 millones de euros impuesta a España por el Consejo de la UE el 13 de julio de 2015 por manipulación de los datos del déficit en la Comunitat, según ha informado el Tribunal Superior de Justicia de la Comunitat Valenciana.
La sala hace suyas las conclusiones del Informe de la Comisión Europea sobre el asunto, que era "claro y contundente" al detallar los "incumplimientos" en los que incurrió la Intervención General de la Generalitat en la contabilidad, registro y notificación de los gastos de sanidad de la Comunitat y en el consiguiente incumplimiento de la obligación de notificar a Eurostat los datos anuales de déficit y de deuda con observancia de las normas y procedimientos estadísticos europeos (Sistema Europeo de Cuentas, SEC), "sin que la actuación de otras entidades e instituciones haya sido relevante en la manipulación de las cuentas de la sanidad de la Generalitat Valenciana".
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