La transformación del IAA en dirección general persigue una gestión "más transparente y eficaz"

  • El Consejo de Gobierno ha dado su conformidad al anteproyecto de ley de Reorganización de Competencias Administrativas en Materia de Aguas, cuyo principal objetivo es la extinción del Instituto Aragonés del Agua (IAA) y el traspaso de sus medios materiales y personales, así como sus derechos y obligaciones a una nueva dirección general del Agua, inserta en el Departamento de Desarrollo Rural y Sostenibilidad.
El consejero de Presidencia de Aragón, Vicente Guillén
El consejero de Presidencia de Aragón, Vicente Guillén
EUROPA PRESS
El consejero de Presidencia de Aragón, Vicente Guillén

El consejero de Presidencia del Gobierno de Aragón, Vicente Guillén, ha explicado en la rueda de prensa posterior al Consejo de Gobierno que el objetivo de esta medida es lograr "una gestión más transparente y eficaz".

Según ha detallado, se trata de una "decisión política" que "forma parte de una apuesta por la gestión pública del agua", un "primer paso" encaminado a que el texto se someta a la consideración de las Cortes de Aragón.

Guillén ha deseado que "este año podamos tener" aprobada esta ley y "se pueda dar por extinguido el IAA" para que cualquier actuación en este ámbito "se someta a los criterios de la Intervención y dar más seguridad jurídica" tras "algunas de las carencias que se han venido observando".

Asimismo, ha recordado que el consejero de Desarrollo Rural y Sostenibilidad, Joaquín Olona, ya anunció en marzo de 2016 esta decisión, que se recogió en una orden de junio de 2016.

Además, ha indicado que a la vez que se tramita el texto, "desde la consejería, que sabe donde está el quid de la cuestión, entre ellos el tema del personal, estoy convencido de que ya están haciendo las aproximaciones oportunas a los sindicatos".

Al respecto, ha defendido que estos procesos "hay que hacerlos con el mayor acuerdo posible" y, a su entender, el "talante" de Olona "hará posible y viable un acuerdo con los sindicatos".

CONTENIDO

El Gobierno autonómico ha manifestado que la asunción por parte de la Administración de la Comunidad de las funciones que la Ley de Aguas y Ríos de Aragón facilitará un mejor ejercicio integrado de estas competencias con otras sectoriales en materia de agricultura y medioambiente.

Además, la creación de la nueva dirección general permitiría una economía de medios, la homologación de la gestión y de los procedimientos, y la garantía "de rigor y transparencia, lo que incluye el sometimiento al control previo de Intervención General".

La ley posee un artículo único artículo que establece la extinción del IAA, ordena el inicio del procedimiento de liquidación y fija que la Comisión del Agua de Aragón y la Comisión de Autoridades Competentes del Agua de Aragón quedan adscritas al Departamento al que se atribuyan las competencias en esta materia.

El texto posee también cinco disposiciones adicionales, una de ellas relativa a la sucesión en los bienes, derechos y obligaciones del Instituto Aragonés del Agua; otra sobre la integración del personal propio del Instituto Aragonés del Agua y una tercera sobre la integración del personal funcionario y laboral de la Administración de la Comunidad Autónoma de Aragón.

También recoge otras dos para que las referencias que se contengan en disposiciones legales o reglamentarias al IAA o a sus órganos se entenderán hechas a la Administración autonómica y a los órganos de la misma y, además, precisa que las menciones genéricas en masculino que aparecen en el articulado de la ley se entenderán referidas igualmente a su correspondiente femenino.

OTRAS DISPOSICIONES

A estas cinco disposiciones adicionales le siguen una disposición derogatoria única y una disposición transitoria única. La primera deroga el Título III de la Ley de Aguas y Ríos de Aragón -relativo al Instituto Aragonés del Agua-, excepto el artículo 19, en de las funciones del IAA.

La segunda establece que los órganos y unidades administrativas del Instituto Aragonés del Agua permanecerán en el desempeño de sus funciones hasta la aprobación de la modificación de la estructura orgánica de la Administración de la Comunidad para la integración en la misma de las competencias del instituto en los órganos correspondientes.

Una disposición final faculta a los consejeros competentes en materia de Hacienda y Administración Pública y en materia de aguas para dictar, en el ámbito de sus respectivas competencias, las disposiciones y actos necesarios para el desarrollo y aplicación de la nueva ley.

Mostrar comentarios

Códigos Descuento