A través de un comunicado, subraya que "la inadmisibilidad" tiene relación con los ríos, que el fallo entiende que forman parte "del 5% sin aprobar", según el fundamento de derecho quinto de la sentencia del alto tribunal.
Asimismo, destaca la adecuación a derecho de la memoria y estudio económico financiero y, "sobre todo", en relación a la proyección de población y al respeto del principio de desarrollo sostenible y reparto de cargas y beneficios, que son "salvados expresamente".
Pone de manifiesto, también, la "apreciada falta de legitimación de la asociación para plantear impugnaciones de cuestiones ajenas a sus objetivos".
En cuanto a lo que se refiere a la 'unidad de actuación CS5', valora que "es un asunto complejo", tanto que el Ayuntamiento estudia la posibilidad de pedir una aclaración de sentencia sobre el fundamento undécimo.
Aun así, y con relación a esta unidad de actuación, la posición del Gobierno, señala, "está clara y manifestada desde que se presupuestan 300.000 euros para la demolición del Garañón".
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