En concreto, Risueño pedía que en artículo 9 de la ponencia Política y de Estatutos, relativa al régimen de incompatibilidades, respetar los siguientes criterios para acceder a cargos públicos o puestos de dirección: "En ningún caso podrá desempeñarse más de un cargo territorial de presidente o de secretario general del partido ni acumularse a éste más de un cargo de representación institucional, local, autonómica o nacional".
La enmienda prosigue: "Se considera compatible por su propia naturaleza constitucional el desempeño de los siguientes puestos: corporaciones locales y provinciales; parlamentos y gobiernos autonómicos; Cortes Generales y Gobierno de la nación".
Sin embargo, la enmienda de Francisco Risueño -que la ha defendido a puerta cerrada ante el plenario- ha sido rechazada por los compromisarios en una ajustada votación, con un 303 'síes' y 328 'noes'. Además, ha registrado ocho abstenciones, según han informado fuentes 'populares'.
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