Condenada a tres meses de prisión una madre que retuvo a su hija asturiana en Ourense

  • El juzgado de Lo Penal número 2 de Ourense ha condenado a tres meses de prisión a María García Mosquera, la madre que retuvo a su asturiana cuando tenía 6 años, en contra de una decisión judicial de la Audiencia Provincial de Asturias que le dio la custodia al padre. El juicio se celebró los días 8 y 9 de noviembre en el Juzgado de lo Penal de Orense.

En la sentencia dictada este viernes, se rebaja considerablemente la pena de dos años que solicitaba la Fiscalía. La jueza considera a la acusada autora criminalmente responsable de un delito de desobediencia grave, sin que concurran circunstancias modificativas de la responsabilidad criminal. A los 3 meses de prisión, con

inhabilitación especial para el derecho de sufragio pasivo

durante el tiempo de la condena, se añade la imposición de las costas procesales, entre las que deben incluirse las de la acusación particular.

En concepto de responsabilidad civil, la acusada deberá

indemnizar al padre de la niña, Carlos Menéndez Fernández, con la cantidad de 2.000 euros, por daños morales.

El fiscal, Florentino Delgado, pedía dos años de prisión, entendiendo que existía un delito de sustracción de menores, y también solicitaba para la madre de la pequeña la inhabilitación especial para el ejercicio del derecho de patria potestad durante 4 años.

Por su parte, la acusación particular elevaba la petición de condena a 4 años de prisión por un delito de sustracción de menores en concurso con desobediencia y pide la inhabilitación especial para el ejercicio del derecho de patria potestad durante 6 años. En caso contrario, la defensa pide la libre absolución.

HECHOS

El matrimonio se divorció el 22 de febrero de 2010. Desde entonces los progenitores lucharon judicialmente por la custodia de la menor. El 11 de marzo de 2013 la Audiencia Provincial de Oviedo revocó una resolución del Juzgado de Primera Instancia número 7 de Oviedo y atribuyó la custodia de la niña a su padre, estableciendo que la entrega de la menor debía hacerse efectiva en el momento en que se acreditase la existencia de una plaza de escolarización en Oviedo.

Con fecha de 26 de marzo se dictó una diligencia de ordenación por parte de la Audiencia Provincial de Oviedo considerando acreditada la matrícula de la menor en un centro escolar de Oviedo lo que motivó que el 30 de marzo el padre comunicase a su exmujer la intención de ir a Orense a recoger a su hija para llevarla a Oviedo.

Ante la negativa de la madre para entregar a su hija el padre presentó una demanda de ejecución forzosa en proceso de familia para que la acusada entregase a su hija en Oviedo, pero la acusada, según el fiscal, "de forma maliciosa e intencionada" hizo caso omiso a la resolución judicial, lo que motivó el 16 de abril de 2013 que la Policía Judicial averiguase el paradero de la acusada y de su hija.

La Fiscalía sostenía que la madre de la pequeña a pesar de tener pleno conocimiento de las resoluciones judiciales decidió marcharse de su domicilio de Orense con su hija manteniéndola oculta en un lugar no determinado no llevándola al centro docente donde estudiaba e impidiendo a su padre estar con su hija o comunicarse con ella hasta el 17 de junio de 20134 que regresó a Ourense en compañía de la menor haciendo entrega de la misma a su padre.

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