Según recoge la resolución, la mercantil, constructora y gestora de la planta de almacenamiento de gas argumentó que ni la asociación ni sus miembros habían acreditado daño alguno como consecuencia de la actividad de la plataforma Castor.
El juez apela a la jurisprudencia del Tribunal Supremo para rechazar la petición de Escal y mantener la personación de Aplaca por considerar que la asociación actúa "en representación de sus miembros, teniendo estos domicilio en localidades afectadas por los hechos".
En su escrito, el instructor recuerda, como ya lo hiciera el fiscal en su escrito en el que se oponía a las pretensiones de la empresa Escal, que "el concepto de perjudicados en delitos como los conocidos en esta causa no puede limitarse a aquellos que sufrieron daños materiales".
Por estos motivos, el juzgado considera adecuado que los afectados canalicen sus reclamaciones a través de la Asociación. En la resolución recuerda, además, que todas las acusaciones han de actuar bajo una misma dirección letrada.
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