Los juzgados autorizan a 157 familias a declararse en quiebra

  • Desde la entrada en vigor de la nueva ley en 2004.
  • Cuarenta personas escogieron esa vía en la primera mitad de 2007.
  • La subida del euríbor y de las hipotecas podrían multiplicar su número.

Las deudas que ahogan a las familias les empujan en ocasiones a situaciones desesperadas. Una de ellas es la de declararse en quiebra. En los tres años desde la aprobación de la Ley Consursal, y según datos difundidos ayer por el Registro de Economistas Forenses (los expertos que asesoran a los magistrados en los casos de quiebra), 157 personas o familias se han declarado insolventes ante el juez.

El cauce lo abrió una familia de Sant Salvador de Guardiola, Barcelona, y su abogado, Jaume Pich, que logró frenar el embargo de sus bienes y conseguir que un juez interpretara, en noviembre de 2004, que la nueva ley permitía a los particulares declararse en quiebra.

Esto facilitó un acuerdo con sus acreedores (entre ellos un banco al que adeudaban 50.000 euros de una hipoteca), casi dos años después, en el que se contemplaba una reducción del 30% en algunas de sus deudas.

Su ejemplo fue en 2004 imitado por otras tres personas, a las que luego siguieron 60 en 2005 y 53 en 2006.

Murcia y la Comunidad Valenciana

En los primeros seis meses de 2007, otras 40 personas han optado por la misma medida (20 en el primer trimestre y 20 en el segundo, superando en 9 la cifra de la primera mitad de 2006). Murcia y la Comunidad Valenciana, con seis casos cada una, constituyen las regiones con más particulares insolventes en lo que llevamos de 2007, seguidas de Galicia y Cataluña.

A pesar de que las cifras son superiores a las de 2006, no puede todavía extrapolarse una tendencia creciente, según afirma Inés Landín, directora del Registro de Economistas, porque los números anuales no muestran todavía gran disparidad y porque lleva tiempo pasar de las dificultades económicas a la quiebra total (primero se echa mano de las tarjetas, nuevos créditos, la familia, etc.).

La crisis, en el horizonte

Landín aventura, sin embargo, que el número de insolventes podría dispararse si siguen subiendo el euríbor y el volumen de endeudamiento de los españoles. El primero, ahora en el 4,666%, acumula 23 alzas consecutivas. El segundo, como indicó Caixa Catalunya la semana pasada, se sitúa en un 115% de la renta disponible. Gran parte de la culpa de esto último la tienen las hipotecas, cuyo importe medio en el mes de junio se situó en 148.715 euros, un 6,1% más que en el mismo mes de 2006, según dijo ayer el INE.

"Hipotecados con cabeza"

La ministra de Vivienda, Carme Chacó, quiso ayer disipar cualquier sombra de crisis asegurando, en declaraciones a Punto Radio, que el aumento del precio de las hipotecas "ha tocado techo". Chacó afirmó que "los españoles nos hemos hipotecado con cabeza", y que son sólo unos pocos los que se están teniendo que apretar más el cinturón. La ministra adelantó que el Gobienro prepara todo un paquete de medidas con el que potenciar el mercado de alquiler y facilitar la emancipación de quienes no pueden pedir una hipoteca.

"Hacen falta recursos" Jaume Pich abogado

Los particulares sólo pueden declararse en concurso en casos muy concretos. Es necesario, a pesar de la difícil situación económica, demostrar alguna capacidad de devolución, de todo o parte de la deuda, en un plazo de cinco años, así como poseer todavía algún activo. Sólo así podrá ofrecerse un acuerdo razonable que pueda ser aceptado por el administrador concursal y por los acreedores, como sucedió en el caso del matrimonio barcelonés que sentó precedente en este tema. Acudir al concurso tiene además algunos costes económicos (abogado, procurador, administrador, etc.) y, paradójicamente, no siempre puede disponerse de un abogado de oficio. La ley establece privilegios a los acreedores hipotecarios, por lo que, aunque puede negociarse una rebaja en el importe de algunas deudas, no tiene por qué suceder lo mismo con las deudas hipotecarias. La entidad bancaria no tiene obligación de someterse al concurso y puede ejecutar la hipoteca, aun cuando hubiera acuerdo con el resto de los acreedores.

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